La Provincia

Salud especificó sobre el registro de electrodependientes

La referente de la Dirección Atención Social en Salud (DASS) Liliana Larcher, dio detalles, sobre el aval prestacional que desde el Ministerio de Salud Pública se brinda a personas electrodependientes por motivos de salud. Actualmente, son ocho los pacientes registrados y asistidos por precisar de un servicio eléctrico estable y permanente para satisfacer necesidades médicas dentro de su hogar.

Este subsidio tiene su base en la Ley N°7.715 –que data de 2015- que establece que “los usuarios del servicio eléctrico denominados y categorizados electrodependientes por razones de salud, gozaran de un tratamiento tarifario especial denominado “tarifa para electrodependientes”.

“Se define como electrodependientes a las personas que presentan consumos extraordinarios de energía eléctrica al requerir equipamiento y/o infraestructura especial, a causa de una enfermedad diagnosticada por un especialista o que tengan la necesidad de contar con un servicio eléctrico estable y permanente para satisfacer necesidades médicas dentro de su hogar”, explicó la funcionaria, quien trabaja en el área junto a Elsa Cañete.

Dicha Ley asigna a la cartera sanitaria la implementación de un Registro de Categorizados como Electrodependientes -que se ejecuta  según  Resolución 389/17- a través de la DASS, dependiente de la Subsecretaria de Atención y Acceso al Sistema de Salud. “El Ministerio es el organismo oficial habilitado a brindar esta certificación, con el que la persona puede acceder a la tarifa eléctrica diferencial y a un grupo electrógeno (MDS)”, agregó.

A la fecha, están incorporadas en este registro y categorización ocho pacientes y se recibieron más de 60 consultas desde diferentes puntos de la provincia, originadas en ciudadanos, municipios, organismos provinciales y de la sociedad  civil.

“Se destaca que la DASS viene desarrollando una tarea informativa con Trabajadores Sociales de Unidades Funcionales de Servicio Social con la finalidad de facilitar el acceso a la información y el acompañamiento en la gestión a la población en su lugar de residencia al respecto de esta normativa, el acceso a la prestación y su obtención”, valoró.

Cabe mencionar que la incorporación al Registro es personal, debiendo cumplimentarse requisitos, entre los que figuran, datos formales del paciente, certificación de médico tratante, con avales de firmas y sellos institucionales. Para asesoramientos pertinentes, los interesados pueden dirigirse a Casa de Gobierno -Marcelo T. de Alvear N 145-, oficina 2, Subsuelo o consultar al teléfono 4448094.

 

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