La referente de la Dirección Atención Social en Salud (DASS) Liliana Larcher, dio detalles, sobre el aval prestacional que desde el Ministerio de Salud Pública se brinda a personas electrodependientes por motivos de salud. Actualmente, son ocho los pacientes registrados y asistidos por precisar de un servicio eléctrico estable y permanente para satisfacer necesidades médicas dentro de su hogar.
Este subsidio tiene su base en la Ley N°7.715 –que data de 2015- que establece que “los usuarios del servicio eléctrico denominados y categorizados electrodependientes por razones de salud, gozaran de un tratamiento tarifario especial denominado “tarifa para electrodependientes”.
“Se define como electrodependientes a las personas que presentan consumos extraordinarios de energía eléctrica al requerir equipamiento y/o infraestructura especial, a causa de una enfermedad diagnosticada por un especialista o que tengan la necesidad de contar con un servicio eléctrico estable y permanente para satisfacer necesidades médicas dentro de su hogar”, explicó la funcionaria, quien trabaja en el área junto a Elsa Cañete.
Dicha Ley asigna a la cartera sanitaria la implementación de un Registro de Categorizados como Electrodependientes -que se ejecuta según Resolución 389/17- a través de la DASS, dependiente de la Subsecretaria de Atención y Acceso al Sistema de Salud. “El Ministerio es el organismo oficial habilitado a brindar esta certificación, con el que la persona puede acceder a la tarifa eléctrica diferencial y a un grupo electrógeno (MDS)”, agregó.
A la fecha, están incorporadas en este registro y categorización ocho pacientes y se recibieron más de 60 consultas desde diferentes puntos de la provincia, originadas en ciudadanos, municipios, organismos provinciales y de la sociedad civil.
“Se destaca que la DASS viene desarrollando una tarea informativa con Trabajadores Sociales de Unidades Funcionales de Servicio Social con la finalidad de facilitar el acceso a la información y el acompañamiento en la gestión a la población en su lugar de residencia al respecto de esta normativa, el acceso a la prestación y su obtención”, valoró.
Cabe mencionar que la incorporación al Registro es personal, debiendo cumplimentarse requisitos, entre los que figuran, datos formales del paciente, certificación de médico tratante, con avales de firmas y sellos institucionales. Para asesoramientos pertinentes, los interesados pueden dirigirse a Casa de Gobierno -Marcelo T. de Alvear N 145-, oficina 2, Subsuelo o consultar al teléfono 4448094.