DestacadasEl País

Covid: Nuevas restricciones para viajes internacionales

El Gobierno anunció que se prorroga hasta el 9 de julio el DNU con las restricciones de circulación por la pandemia de coronavirus. Además, mediante una decisión administrativa por la circulación de la variante Delta, se van a restringir los viajes al exterior.

Las nuevas medidas indican que todo aquel que no sea argentino y quiera ingresar al país con el propósito de hacer turismo, no podrá hacerlo, por lo que continúan suspendidos los vuelos provenientes de: Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte, Chile, Brasil, India, Países africanos y Turquía

Se ha fijado un cupo de 600 pasajeros diarios para el ingreso al país, que deberán hacerse un testeo para poder abordar el avión con destino a la Argentina. Quienes regresen del exterior entre el 1° de julio y el 31 de agosto, están obligados a aislarse en los lugares que determinen los gobiernos provinciales y de la CABA, durante 10 días, contados desde el testeo realizado en el país de origen.

La estadía en los lugares de aislamiento estará a cargo del pasajero. Se controlará que quienes regresaron de viaje estén cumpliendo el aislamiento en sus domicilios y se radicarán denuncias penales en caso de verificarse el incumplimiento del aislamiento, de acuerdo con los arts. 205 y 239 del Código Penal, por violación a medidas contra epidemias y desobediencia a autoridad pública, sancionadas con prisión de seis meses a dos años y con prisión de quince días a un año, respectivamente.

Quienes resulten positivos, al ingreso al país deberán realizar otro testeo de secuenciación genómica y, junto con sus contactos estrechos, cumplir aislamiento en los lugares que indiquen las autoridades nacionales, hasta su traslado seguro hasta la residencia si correspondiera. Asimismo, el viajero/a deberá declarar los lugares en donde estuvo los últimos 14 días previos al reingreso al país.

Para el ingreso autorizado como excepción por migraciones, a través de pasos terrestres, la jurisdicción provincial deberá disponer de corredores seguros. Los extranjeros no residentes que ingresen a desarrollar trabajos esenciales, con autorización de Migraciones, deberán cumplir con la cuarentena.

Por otro lado, las provincias deberán controlar el cumplimiento del aislamiento de las personas ingresadas desde el exterior.

EXTENSIÓN DEL DNU 

El decreto prorroga por 15 días (hasta el 9 de julio) el sistema de «semáforo epidemiológico» que dispuso el DNU anterior, el 287/21, y que clasifica a las distintas jurisdicciones del país como zonas de riesgo sanitario bajo, medio y alto o de «alarma epidemiológica».

Los distintos tipos de restricciones (horarios de circulación, de atención comercial, aforo, actividades recreativas y/o escolaridad presencial) se toman, según el decreto, en función de la categoría en que se encuentre una jurisdicción, la cual se determina principalmente por ocupación de camas de terapia intensiva y cantidad de casos.

Etiquetas

Cooperativa La Prensa

Cooperativa de Trabajo y Consumo Ltda La Prensa

Publicaciones relacionadas

Botón volver arriba
Cerrar
Cerrar