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Solicitan la suspensión de la actividad sísmica en Mar del Plata

La medida es hasta tanto se realice una evaluación ambiental estratégica y se dé cumplimiento estricto de todas las previsiones normativas en materia ambiental, tanto a nivel nacional como internacional.

La titular de la Fiscalía Federal N°1 de Mar del Plata, Laura Mazzaferri, dictaminó en favor de conceder las medidas cautelares que solicitan el cese y/o suspensión de las actividades de exploración sísmica, explotación petrolera y otros trabajos vinculados, frente a las costas del Partido de General Pueyrredón, dictaminadas por el gobierno de Alberto Fernández mediante el decreto N° 900/21 y aprobadas por la resolución N°436/21 del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sustentable de la Nación, a cargo de Juan Cabandié.

La medida es hasta tanto se realice una evaluación ambiental estratégica y se dé cumplimiento estricto de todas las previsiones normativas en materia ambiental, tanto a nivel nacional como internacional. 

La medida hizo lugar a dos acciones de amparo, una interpuesta por el abogado Julio Hikkilo, centrada en el riesgo de derrames y el procedimiento de evaluación ambiental, y otra de la Organización de Ambientalistas Autoconvocados, que señala el impacto de las emisiones sonoras perturbadoras que generarán las prospecciones sísmicas (bombardeo sonoro intensivo de alto impacto) sobre los ejemplares de ballenas Franca Austral, en virtud de que gozan de protección absoluta por la ley N° 23.094, que la declara Monumento Natural.

Asimismo, consideró que las medidas gubernamentales que autorizaron las actividades de exploración sísmica se habrían dictado “sin la intervención de un organismo que, conforme la Ley de Parques y Monumentos Históricos, debía ser consultado de manera obligatoria , teniendo en cuenta el carácter de monumento natural de la ballena franca-austral”.

En el caso de la acción iniciada por el abogado y referente de la Casa del Trabajador, Julio Hikkilo, éste solicitaba la suspensión de las actividades de exploración sísmica “hasta tanto se obtuviera la declaración de Impacto ambiental garantizando el acceso a la información pública relacionada con esta actividad y la efectiva participación de la comunidad del Partido de General Pueyrredón en la toma de decisiones en lo concerniente a la actividad proyectada”. 

Por su parte, la Organización de Ambientalistas Autoconvocados había interpuesto el 7 de enero un hábeas corpus colectivo “ecocéntrico a favor de la población de Ballenas Francas Australes” que fue rechazado por el juez de primera instancia, pero luego la Cámara Federal de Apelaciones de Mar del Plata ordenó reconducir la acción como un amparo, con intervención de la justicia federal civil.

En su presentación, la organización solicitó la prohibición de las exploraciones sísmicas autorizadas ante “la amenaza actual e inminente sobre todos los ejemplares de ballenas Franca Austral, en su calidad de seres sintientes que habitan y/o transitan por las aguas del mar argentino haciéndoles sufrir un perjuicio irreparable, las que se llevarán a cabo en su hábitat natural a partir de los próximos días por un lapso de tiempo indefinido en virtud de la autorización estatal emitida a favor de la empresa Equinor”.

En diálogo con ANRed, Alonso Kanki, de la Comisión de Asuntos Legales de la Asamblea por un Mar Libre de Petroleras, amplió sobre los fundamentos de la acción de amparo de la oenegé, que lleva, entre otras, su firma: “La ballena Franca Austral, al ser declarada monumento natural en la década del 80′, esa es la máxima protección que le da el marco legal a un ser vivo o animal silvestre”. (Fuente: AnRed)

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