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Piden a la Justicia que anule la suba en la energía eléctrica

El defensor del Pueblo, Gustavo Corregido, realizó dos presentaciones ante el Juzgado Federal 2. Uno ampliando el amparo y la medida cautelar contra el Ejecutivo Nacional por el aumento de tarifas en la energía mayorista, y el otro pidiendo la nulidad e inaplicabilidad de la Resolución 256-E/2017 de abril de este año, que aprobó nuevos valores mediante el sistema de Programación Estacional de Invierno.

El aumento ordenado por el gobierno nacional sube a 640 pesos por MW/hora el precio de la energía eléctrica mayorista en hora pico, correspondientes a los periodos que van desde el 1 de mayo de 2017 al 31 de Octubre de 2017.

Corregido detalló que el objeto de la ampliación es frenar los efectos de la Resolución mencionada, con la que el Ministerio de Energía de la Nación habilita a la Compañía Administradora del Mercado Mayorista Eléctrico (Cammesa) a establecer un precio más alto por MW/hora. “Ni los usuarios residenciales, ni los comerciantes o empresarios pueden pagar tarifas con estos niveles de aumento. Están condenándonos a la pobreza estableciendo valores que no se condicen con la realidad económica de los chaqueños”, indicó.

El defensor aclara que la ampliación detalla que no se cuestiona los arts. 7 y 8 de la mencionada Resolución en cuanto disponen tarifa social y tarifa para las personas electrodependiente, necesarias para que las personas en situación de vulnerabilidad puedan contar con energía eléctrica.

En el escrito, también pide que la Justicia ordene a la demandada que se abstenga del dictado de nuevas resoluciones y/o actos administrativos que importen incremento de la tarifa y que tengan sustento en las audiencias públicas cuestionadas en los amparos, hasta tanto se dicte sentencia.

“Es inaudito que el gobierno nacional sustente esta nueva resolución en las audiencias públicas que se encuentran cuestionadas judicialmente, por haber sido celebradas sin información veraz, cierta y detallada, como así también la falta de comunicación o publicidad de las mismas”, se quejó el ombudsman.

Sobre esto, el defensor aclara que “si la audiencia pública es el elemento esencial para la formación de la decisión administrativa, conforme la manda constitucional, y dicha audiencia está cuestionada no puede la demandada emitir para la Provincia del Chaco, nuevos actos o resoluciones basados en las audiencias celebradas en el mes de diciembre de 2016 las que presentan irregularidades y por lo tanto carecen de efectos”, detalló.

En esa línea, Corregido espera que los funcionarios nacionales cumplan con las órdenes de la Justicia. “No podemos permitir que la Nación nos siga sometiendo a arbitrariedades que perjudican el derecho de los chaqueños al acceso a la energía eléctrica”, concluyó.

Cooperativa La Prensa

Cooperativa de Trabajo y Consumo Ltda La Prensa

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