El Interior

“El Municipio escucha las recomendaciones de la Defensoría”

El secretario de Gobierno de Comua de Sáenz Peña, Bruno Cipolini, habló sobre la presentación del defensor Público, Gustavo Corregido, por la recomendación que emitió al Municipio para que elimine el nuevo sistema de tasas de inspección implementado recientemente en esa localidad”.

"Considero que las instituciones aseguran el sistema democrático de nuestro país y se les debe dar la importancia y el respeto que se merecen, y deben ser manejadas con total responsabilidad y fuera del ámbito político. Por ello, la Municipalidad de Sáenz Peña escucha las recomendaciones del defensor del Pueblo junto con las surgidas de la Cámara de Comercio y comerciantes, con quienes se vienen manteniendo fructíferas reuniones y trabajando en la incorporación de modificaciones en la norma para mayor beneficio de los comerciantes".

En cuanto a las modificaciones pedidas por los comerciantes; Cipolini aclaró que “las modificaciones en la forma de cálculo de la tasa lo que se busca es, por un lado, actualizarse a la metodología adoptada por el 90% de los municipios del país, y por otro lado, lograr la equidad entre los comerciantes ya que antes se cobraba de acuerdo a la capacidad física del comercio independientemente el nivel de actividad que tenga”, aclaró.

EL NUEVO SISTEMA

El defensor del Pueblo argumentó en su presentación que el nuevo mecanismo “pretender vincular la tasa a una base imponible sustentando en la capacidad económica del contribuyente, como es el Impuesto a los Ingresos Brutos; lo implica un enriquecimiento sin causa para el Estado, en tanto para percibir el importe de la tasa debe como contrapartida prestar el servicio”, explicó Corregido. Según se expresa en el documento, “la ordenanza asimila la tasa de inspección a un tributo, lo que es inconstitucional”.

Finalmente el defensor señala que “la actitud asumida por la Municipalidad de Sáenz Peña viola el artículo 59 de la Constitución Provincial al aplicar obligatoriamente una base imponible sujeta a la capacidad económica y no como contraprestación a un servicio que debe prestar el Municipio, violentado el principio de proporcionalidad que rige en materia tributaria”.

Cooperativa La Prensa

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