Derechos Humanos

Caballero II: Reclamaron cárcel común para Gabino Manader

“Fue uno de los más salvajes torturadores de la brigada represiva de Chaco. Sádico, perverso, desalmado, toqueteaba y violaba a las compañeras detenidas. Se cansó de torturarme a mí y a María Julia, mi actual compañera”. Así recuerda el escritor y exdetenido político Miguel Ángel Molfino a Gabino Manader y el suyo es uno más de los testimonios que le confieren sin exagerar el carácter de represor emblema del terrorismo de Estado en la región, uno de los jefes de la temible Patota de Investigaciones.

Sin embargo, ayer por la mañana ingresó a la sede del Tribunal Oral Federal de Resistencia, vestido de camisa blanca y pantalones claros, sin esposas, con su inseparable carpeta llena de fojas de expediente, como uno más del montón, tanto, que el oficial de mesa de entrada le preguntó quién era y él tuvo identificarse y luego subir las escaleras hacia la sala de audiencias donde se lo juzga junto con otros once imputados por torturas desapariciones y una violación en la ex Brigada de Investigaciones, el centro clandestino de detención de mayor envergadura en el Nea durante la última dictadura.

Gabino Manader, ya condenado en un juicio anterior a 25 años de prisión por torturas en la Brigada no llegó a la primera jornada de 2017 del juicio Caballero II desde una celda en la U7, sino desde la comodidad su hogar, en calle Coronel Falcón en las proximidades de la escuela de Policía, gracias a una resolución de excarcelación firmada por el juez Juan Manuel Iglesias a fines de diciembre y efectiva desde este el jueves.

 Durante la audiencia del juicio oral, la número 17 desde su inicio el 16 de junio, las partes escucharon la ampliación indagatoria de tres imputados, luego de lo cual se pasó a un cuarto intermedio hasta el 9, oportunidad en la que darán testimonio los exdetenidos políticos Juan Carlos Goya, actual secretario de DD. HH. y el poeta Raúl Junco, ambos sobrevivientes que ya testimoniaron en procesos anteriores. El militar Luis Alberto Patetta será trasladado desde Campo de Mayo a Resistencia, con motivo de sus reiteradas intervenciones por sistema de video conferencia, en un intento de agilizar los debates.

IGLESIAS: UN JUEZ EN LA U7 

La resolución por la cual se concedió la prisión domiciliaria a Manader lleva la firma del juez de instrucción Juan Manuel Iglesias, quién se acercó junto con la secretaria de ejecución del tribunal Nadia Sasowsky hasta la prisión U7 durante el jueves para tramitar la excarcelación, en un hecho que llamó la atención por la inédita deferencia de un magistrado para con un interno de la U7.

Iglesias (que integra el tribunal que lleva la causa Caballero II junto con los jueces Eduardo Belforte y Aldo Alurralde) hizo carrera en el Poder Judicial de Corrientes, actuó en las jurisdicciones de de Goya y en Mercedes y fue designado para el juzgado de Concepción del Uruguay, pero como no se conformó ese juzgado fue designado para cubrir la vacante en el TOF de Resistencia.

Iglesias concedió la excarcelación a Manader en virtud de un supuesto cuadro de  “hipertensión arterial, hipertrofia prostática y trastornos cognitivos” que no fue constatado por el Cuerpo Médico de la Corte Suprema de la Nación, que luego de realizar un examen a Manader dictaminó: “Se encuentra compensado, sin signos de patologías agudas en evolución, es portador de dislipemia, patología hipertensiva de grado leve y compensada con medicación” y que "la medida privatoria de su libertad en sí misma no debería afectar la evolución de su patología”.

No es la primera vez que este juez concede un beneficio a Manader, con anterioridad le concedió un permiso de salida para visitar a su esposa, aquejada por una dolencia que la mantenía “postrada” según alegaron desde la defensa del represor. Esto fue objetado por el Ministerio Público ante la Cámara de Casación, que oportunamente denegó el permiso. Cabe aclarar que el 28 de diciembre la mujer recuperó la salud, y se acercó por sus propios medios al tribunal para notificarse de la resolución de domiciliaria. Desde la fiscalía, informaron que apelarán la resolución, pero se descuenta sólo el trámite puede llevar entre tres y seis meses.

 

EL RECLAMO DE “CÁRCEL COMÚN

 Durante la conferencia de prensa en repudio de la excarcelación de Manader, Juan Carlos Amarilla, presidente de la Comisión Provincial por la Memoria Chaco, afirmó: “Manader cumpliendo condena en la comodidad de su domicilio es una afrenta a las víctimas de sus crímenes y a toda la sociedad, tiene que cumplir condena tras las rejas, de otro modo se tergiversa la Justicia y la Ley”.Dafne Zamudio, de HIJOS Chaco destacó: “Iglesias no tomó en cuenta la resolución de los médicos de la Corte Suprema y sí lo hizo con un informe del Servicio de Asistencia Médica de la U7, formado por integrantes del Sistema Penitenciario Federal, y que no puede equipararse a la par del Cuerpo Médico de la Corte Suprema de la Nación”. esde los organismos, anunciaron que continuarán con el reclamo y que se conformará una mesa de coordinación de convocatoria abierta,  para seguir de cerca los juicios al terrorismo de Estado.

LOS DEBATES

En la audiencia de la fecha, que comenzó con un retraso considerable, se realizaron las ampliaciones indagatorias de los imputados Luis Alberto Patetta, Gabino Manader, y José Rodríguez Valiente, (ya condenados en la causa Caballero I por torturas a detenidos políticos).  Los tres reiteraron dichos de declaraciones anteriores y básicamente denostaron la veracidad de todas las acusaciones que pesan en su contra. El primero en declarar fue Patetta, por video conferencia desde el penal de Marcos Paz, donde purga condena por la causa Caballero y también una perpetua por su participación en la Masacre de Margarita Belén.  Rodríguez Valiente insistió, como viene haciendo en cada oportunidad en la que declara, en destacar que su función formal era la de oficial sumariante, razón por la que no participaba en operativos de detención; “tratan de involucrarme” dijo y apuntó contra los fiscales, al tiempo que reconoció al tribunal el trato recibido y la posibilidad que tienen los imputados de declarar y ser escuchados a lo largo del proceso; derecho que ejercen a mansalva y que no pudieron ejercer ninguna de las víctimas del terrorismo de Estado.

 

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