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Caso Josué Lago: piden que la policía acuda sin armas a las protestas

El director ejecutivo del Centro de Análisis, Comando y Control Policial elevó un oficio a través del cual instó a la fuerza a que, en casos de manifestaciones (programadas o espontáneas) “el personal que concurra deberá hacerlo sin armamento reglamentario”.

A una semana del asesinato del joven qom Josué Lago, crimen por el que están presos cinco efectivos policiales, el comisario general Ariel Carlos Bernard, director ejecutivo del Centro de Análisis, Comando y Control Policial, elevó el oficio 3723, dirigido a los directores generales, directores, supervisores, jefes de departamento, jefes de comisarias y jefes de divisiones.

El documento “expresa directivas de la máxima autoridad institucional que dice que, ante posibles manifestaciones y hechos de violencia, deben aplicar inmediatamente criterios mínimos de actuación como establece la Ley Provincial 2399 J”.

En ese sentido, Bernard llamó a “diagramar plan de contingencia e intervención teniendo en cuenta un plan de llamadas, recursos humanos y materiales”. En casos de manifestaciones (programadas o espontáneas) “el personal que concurra deberá hacerlo sin armamento reglamentario” propuso el comisario. 

“La intervención del Estado debe ser en el marco de la convivencia social y del ejercicio armónico de los derechos constitucionales fundamentales, a fin de contener los reclamos sociales y propiciar un ejercicio democrático de los derechos de todos los ciudadanos” agregó.

ABOGADOS AFIRMAN QUE NO HAY PRUEBAS SUFICIENTES

En la Sala de Situación de la Jefatura de la Policía, los abogados Leandro Fioravanti y Sebastián Quintana, representantes legales de los cinco policías detenidos por el asesinato, brindaron una conferencia de prensa.

Sebastián Quintana expresó que “al día de la fecha estamos a la espera de que se les tome la declaración de imputados, que es el momento en el que la persona está indicada como posible autora de un delito se puede defender”. 

En ese sentido, marcó que “ningún proceso penal, ninguna causa puede avanzar si las personas señaladas no están en esta situación, es decir no se les toma esta audiencia”. “Ya llevamos un tiempo muy prolongado a la espera de que esto suceda y al día de la fecha no tenemos una respuesta concreta”, añadió el letrado.

Cabe destacar que los detenidos son el cabo primero Francisco Torres, cabo primero Javier Ramón Miño, agente Guillermo Viñuela, sargento Mauro Ramírez y sargento José Alberto Gauto.

Según Quintana, “claramente no es legal” la detención de los policías y explicó que “nuestro Código Procesal, es decir la ley provincial que rige cualquier causa penal, determina que una persona no puede estar en calidad de detenido más de 24 horas sin que se les tome esta declaración de imputados y como habíamos afirmado inicialmente ya llevamos una semana, cinco días hábiles y todavía estas personas no se pueden defender”.

Posteriormente tomó la palabra Leandro Fioravanti. Al ser consultado sobre si tuvieron acceso al expediente comentó que “tuvimos acceso el día martes, a partir de ahí no lo pudimos ver más”. 

“Nosotros contamos en el ejercicio de la profesión con un sistema digital en el que tenemos acceso al expediente digitalmente y ni bien se sube la defensa de una persona, la Fiscalía responsable de la causa nos debe dar acceso, eso hasta el día de hoy no ha ocurrido y lo único que tenemos del expediente es una copia del día martes 15 de junio, donde no se había incorporado el informe preliminar de autopsia, no tenemos resultados de dermotest. Lo único que pudimos tener acceso es un examen ocular que hizo Gendarmería y dos declaraciones testimoniales que se recibieron en San Martin”, detalló a Diario Chaco.

“Lo que pasó después en el expediente no sabemos”, afirmó y comentó que “hemos realizado presentaciones, hemos tenido comunicación telefónica con la fiscal –pidiendo- de que por favor se agilice nuestra intervención en el expediente, pero no hemos tenido resultado hasta el momento”.

Sobre la demora de la indagatoria, Quintana señaló: “Desde nuestra lectura entendemos que los elementos con los que cuenta la fiscal no le resultan suficientes para lograr los fines de la imputación. Es decir, no tiene las pruebas suficientes como para poder endilgarle a estos cinco empleados policiales un delito en particular”.

“Si las pruebas no se producen, claramente el ejercicio de la defensa se hace imposible. No nos dan el acceso correspondiente a la causa. Nos pone en una imposibilidad de conocer qué pericias se ordenaron, qué medidas se ordenaron. Ordenamos la inmediata libertad de los defendidos o en su defecto la imputación de delito alguno” cerraron.

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