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Condenaron por homicidio simple a los dos asesinos de Fabiola Ramírez

Ayer por la mañana se leyó la sentencia por el caso del brutal asesinato de la joven trans de 22 años Fabiola Ramírez, quien murió asesinada en su propia casa en un crimen de odio hacia su expresión de género. Los homicidas, Hernán y Ramiro Rodríguez, recibieron 19 y 16 años de cárcel

A un año y dos meses del asesinato de Fabiola Ramírez, los dos hermanos autores del hecho fueron condenados. Mediante un acuerdo entre la Fiscalía de Cámara, las defensas y la querella que la sentencia se fijó en 19 y 16 años de prisión a Hernán Rodríguez -por poseer una condena condicional anterior- y a Ramiro Rodríguez respectivamente.

Es importante recordar que la causa había sido elevada a juicio bajo la carátula «homicidio agravado por el odio hacia la identidad de género». Pero por el acuerdo en donde los acusados aceptaron ser los autores, fueron condenados por «homicidio simple”.

En diálogo con elDIARIO la abogada querellante de la familia de Fabiola, Nahir Barud comentó: “La familia optó por el juicio abreviado, para asegurarse de su condena” y aseguró “como abogada transfeminista afirmo que esto fue un crimen de odio” a pesar de todas las dificultades que presenta para el sistema penal probar la existencia de este delito por los “elementos” sociales que lo conforman.

“Fue sin duda un crimen de odio, por todos los elementos socioculturales de vulneración y de exclusión que también hacen a la conformación social. Pero es muy difícil a veces poder comprobar que se haya cometido realmente un crimen de odio pero a nivel social, sin dudas fue un transfemicidio”, aseguró la abogada.

FACTORES SOCIALES

Un crimen de odio tiene lugar cuando una persona o grupo de ellas ataca a otra motivada exclusivamente por su pertenencia a un determinado grupo social , “Fabiola era una chica travesti trans que ejercía el trabajo sexual a pesar de no querer hacerlo, porque era consiente que era el único trabajo al que podía acceder por su expresión de género”, comentó Barud. Además, indicó todos los elementos que afectaron en la muerte de Fabiola, desprotegida por el estado y marginada por la sociedad y como resultado, asesinada brutalmente.

Otro elemento que se añade al carácter de crimen de odio o transfemicidio es que: “La muerte fue violenta, por dos varones, de los cuales uno consumía los servicios sexuales de Fabiola, todo eso fue en un contexto de mucha vulnerabilidad”, añadió la abogada querellante.

TRANSFEMICIDIO

El transfemicidio es una figura legal, igual a la de femicidio, siendo un crimen violento en un contexto de discriminación por violencia patriarcal y exclusión a las disidencias sexuales, y que al momento de la sentencia, considera los factores de opresión cultural hacia la víctima y el odio del asesino.

El termino femicidio en Argentina, comenzó a popularizarse en la década del 2000, de la mano de los movimientos feministas, actualmente es una fuerte figura legal que permite condenas perpetuas a homicidas. Sin embargo, la figura de transfemicidio aún no está instaurada en el sistema penal, lo que generó un reclamo social en las calles por los compañeros, compañeras, familia y amigos de la lucha de Fabiola al grito de “Fue transfemicidio”.

“Hace falta dejar de ver al delito de odio desde un plano femenino porque ya no nos rige el binarismo y también falta mucho abordaje interdisciplinario para prevenir estos casos. Sin duda el caso de Fabiola visibilizó las falencias que tenemos”, finalizó Barud.

Cooperativa La Prensa

Cooperativa de Trabajo y Consumo Ltda La Prensa

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