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Diputados aprobaron la mejora económica de las pensiones para excombatientes

En la sesión ordinaria N° 24 celebrada por el Poder Legislativo de Chaco, los ediles provinciales sancionaron leyes por las que se modifica la ley de reconocimiento a ex-combatientes provincial que establece la pensión graciable de la provincia del Chaco subiendo la base de cálculo de misma y determinando que sin límites de edad, los derechohabientes podrán percibir este beneficio, iniciativa que partió del Poder Ejecutivo.

Además, consensuando tres proyectos de Ley de autoría del interbloque Cambiemos, y del Oficialismo, también fueron mejorados los porcentuales del beneficio de movilizados y no movilizados.

La primera reforma de la normativa, se debe a la nueva base de cálculo para determinar esta pensión graciable provincial para ex combatientes de guerra, con carácter mensual, con un monto equivalente a la remuneración total correspondiente al Grupo I, Apartado a) equivalente a Director Categoría 3 de la Ley Nº 196-A, modificatorias y complementarias – Escalafón para Personal del Poder Ejecutivo.

En esta línea la normativa dispondrá que en el caso de fallecimiento de titulares del beneficio o de personas que tuvieren derecho al mismo y que no lo hubieren obtenido. Tendrán derecho a percibirlo los derechohabientes, conforme con las proporciones fijadas en el régimen vigente en el Insssep, el cónyuge o en su defecto, quien acredite fehacientemente haber convivido públicamente en aparente matrimonio con el causante durante un mínimo de dos  años anteriores a su fallecimiento, con la ampliación de la edad en cuanto a los hijos, disponiendo que el derecho de ellos será sin límites de edad, y también, en caso de que no existan ninguno de los anteriores el padre o madre del causante.

Además, en cuanto a los aquellos que fueron movilizados, el mismo será el equivalente al ciento diez por ciento (110%) de la Categoría 7. Y en cuanto a los ex soldados no movilizados, será ahora del 90% de la Categoría 7, Personal de Servicio, Grupo I, del Escalafón del Poder Ejecutivo, Ley 196 – A, texto vigente, no será retroactivo y se hará efectivo a partir de la aprobación de los recursos por parte del Poder Ejecutivo.

También fue aprobado el Registro Único para docentes que se desplazan de una localidad a otra; los fondos de débitos automáticos de pagos ingresarán directamente a IPDUV; expropiaciones en Barranqueras y Resistencia. Cabe destacar que en el comienzo de la sesión se realizó un minuto de silencio por el fallecimiento del trabajador legislativo Raúl Benigno Laguna.

 

NUEVA ESCALA SALARIAL

Otro proyecto que fue aprobado por la Legislatura fue la ley que establece una nueva escala salarial para empleados legislativos.

Se trata del proyecto de ley 2843/19 que establece la nueva escala salarial para los trabajadores del Poder Legislativo, siendo la misma una modificación del Artículo N° 1 de la ley 469- A.

De igual manera autoriza al Poder Ejecutivo a realizar las adecuaciones presupuestarias pertinentes conforme con las modificaciones dispuestas por el artículo precedente.

Por último, declara la erogación que demande la aplicación de la Jurisdicción 01 del Poder Legislativo: Fondo Especial para Retiros Voluntarios, según corresponda y de acuerdo con la naturaleza del gasto.

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