La Provincia

El Gobierno apelará el fallo del STJ

Tras la divulgación de que el Superior Tribunal de Justicia emitió un fallo declarando la inconstitucional a la Ley N° 7751 de Emergencia Económica, el Gobierno comunicó ayer su intención de recurrir el fallo ante la Corte.

El dictamen en cuestión declara inconstitucional la ley de emergencia económica sancionada en 2015, en una demanda presentada por tres acreedores del emblemático y millonario juicio contra el Estado, decisión que podría sentar precedentes y habilitar a quienes aún no firmaron convenios con el Gobierno al reclamo del total de la deuda.

La resolución fue firmada por las ministras integrantes de la Sala Primera Civil, Comercial y Laboral del Superior Tribunal de Justicia, Iride Isabel María Grillo y María Virginia Ise, en consideración del expediente Nº 1797/15-1-C, con la demanda de “González Kriegel María del Carmen, Oscar Alberto Dosso y Marcelo Alejandro Dosso, en la que declaran la inconstitucionalidad de la ley que estableció la emergencia económica hasta junio de 2016”.

Desde la gestión provincial, informaron “que la resolución difundida denota criterio arbitrario y, por sobre todo, alejado de la realidad provincial”. “No se debe olvidar el escenario de déficit por los procesos inflacionarios y que en el último mes ha sumado la declaración de emergencia agropecuaria en 11 departamentos”.

Sobre la difusión de este fallo, el fiscal de Estado de la Provincia, Luis Alberto Meza, manifestó: “El Gobierno recurrirá el fallo ante la Corte por considerar una resolución que constituye un verdadero absurdo, ser arbitraria y por falta y falsa argumentación en la sentencia, lo cual abre la vía del recurso extraordinario”.

ENGANCHADOS

Al respecto, subrayó que se trata de un fallo que se da en el marco de un juicio, “por lo que es difícil la imparcialidad porque son los jueces los que juzgan a otros jueces, fiscales, defensores, secretarios y trabajadores judiciales de su misma provincia”. A lo que debe de sumársele que esto se da bajo el régimen disciplinario provincial que tiene el Superior Tribunal de Justicia, que es inherente a quienes juzgan.

Vale recordar que la ley N° 7751 fue el instrumento legal a través del cual el Ejecutivo pudo avanzar en los acuerdos necesarios para cancelar las sentencias del juicio por la Ley de Enganche de los judiciales y detener los embargos sobre cuentas públicas. Es de destacar además que fue una normativa aprobada en 2015 y de manera unánime por la Cámara de Diputados de la Provincia por considerar que era la mejor solución para afrontar el polémico fallo y pagar los embargos.

Cooperativa La Prensa

Cooperativa de Trabajo y Consumo Ltda La Prensa

Publicaciones relacionadas

Botón volver arriba
Cerrar
Cerrar