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El Gobierno provincial estableció las nuevas medidas que rigen desde el jueves

Se definió la continuidad de algunas restricciones y la apertura de más actividades de acuerdo a la situación epidemiológica vigente.

El gobernador de la provincia, Jorge Capitanich, firmó el miércoles por la noche el decreto N° 1242/2021 en el que se establece la continuidad de algunas restricciones y la apertura de más actividades en el marco de la pandemia por Covid-19. Las medidas se tomaron según la situación epidemiológica y las recomendaciones del Consejo Provincial de Vacunación, el Consejo Provincial de Desescalada y el Comité de Seguimiento, tendrán vigencia desde el jueves 10 de junio hasta el lunes 21.

RESTRICCIONES

Continúa vigente la restricción de circulación en el horario comprendido entre las 22 horas y las 6 de la mañana de cada día, exceptuando a los trabajadores esenciales, actividades habilitadas, o en casos de emergencia. También detallaron que habrá Alarma Sanitaria a partir de las 21 horas.

Las medidas anunciadas indican que continúan prohibidas las reuniones sociales, aclararon que no se encuentran permitidos eventos públicos y/o privados en espacios abiertos o cerrados bajo cualquier modalidad o motivo.

PASAPORTE CHACO

Se necesitará el Pasaporte Chaco para circular que puede tramitarse en la página homónima: puede tramitarse en https://pasaporte.chaco.gob.ar/. Comprenderá el permiso para circular con autotest y la identificación del sujeto como persona con protección inmunitaria, ya sea por vacunación (con fecha de más de 30 días de inoculación de primera dosis) o por haber sido paciente activo en los últimos 4 meses.

Los locales con actividades habilitadas, deberán verificar que la persona que requiera sus servicios cuenten con Pasaporte Chaco. Para el el ingreso y/o egreso de la provincia de Chaco se solicitará constancia de hisopado negativo o certificado de vacunación de al menos catorce (14) días previos de inoculación.

APERTURAS

Sobre la administración Pública Provincial indicaron que se dispone la habilitación de los términos y plazos administrativos a partir del día lunes 14 de junio. Hasta esa fecha los servicios considerados esenciales deberán ser cumplidos con guardias mínimas y/o grupos reducidos de planteles de trabajadores en cada jornada. Mientras que a lo relativo a la actividad Legislativa y Judicial invitan a adherir o generar la atención vía remoto y por audiencias virtuales.

En relación a la Educación, detallaron que a partir del día lunes 14 de junio del corriente año se habilitará el dictado de clases presenciales en los establecimientos rurales y en aquellas localidades y zonas que registren tasa de incidencia inferior a 150 casos cada 100.000 habitantes, conforme la normativa complementaria que el Ministerio de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología establezca a tal fin.

Para aquellos lugares no comprendidos en lo mencionado anteriormente las y los docentes de la Provincia deberán dar continuidad al desarrollo curricular a través del dictado de clases de manera digital a través de la plataforma ELE.

En os lugares de entretenimiento como casinos y cines, se habilitará su funcionamiento con estricta reducción de capacidad al 30% de la superficie disponible de cada espacio, dentro del horario de circulación habilitado hasta las 22 horas.

Mientras que se permitirá el uso de los espacios para recreación y esparcimiento en parques, plazas y espacios públicos. Aunque no se encuentra habilitado el desarrollo de ferias, exposiciones, conciertos, recitales y en general de todo tipo de eventos que generen y/o pudieran implicar concurrencia masiva o aglomeración de personas,

También se permitirá la apertura de actividades y locales comerciales esenciales para el abastecimiento en el horario de 8 a 21 horas, con estricta reducción de capacidad al 30% de la superficie disponible de cada espacio. Se recomienda la utilización de entregas a domicilio como reparto y/o para llevar.

Las actividades comerciales, industriales, profesionales y de servicios en general se encuentran habilitadas en el horario de 8 a 21 horas con estricta reducción de capacidad al 30% de la superficie disponible de cada espacio.

Los locales de venta que funcionen en centros comerciales y shoppings podrán funcionar en los horarios y con el aforo previstos en el párrafo precedente (30%). No se permitirá la permanencia de clientes en los espacios comunes y patios de comida, cuyos locales podrán funcionar exclusivamente bajo modalidad de reparto a domicilio.

Restaurantes y bares están habilitados para atención en espacios cerrados con reducción de aforo al 30% entre las 8 a las 22 horas. Se sugiere priorizar la atención al aire libre. A partir de las 22 y hasta las 24 se encuentra habilitada la comercialización a través de la modalidad de entrega domicilio.

El decreto establece que gimnasios, clubes y actividades físicas y deportivas podrán funcionar en este período bajo las siguientes modalidades a fin del restablecimiento gradual del sector. Los gimnasios y academias se encuentran habilitados para entrenamiento individual los días lunes a viernes en el horario comprendido entre las 6 y las 21 horas, con cumplimiento de la capacidad autorizada por los respectivos protocolos vigentes.

Mientras que los clubes podrán funcionar en el mismo horario indicado en el párrafo anterior para el desarrollo de entrenamientos físicos y/o de disciplinas deportivas individuales y/o grupales sin compartir elementos.

No se permitirá la práctica deportiva de contacto y aquella que implique compartir elementos en común, en espacios cerrados y/o al aire libre, el desarrollo de actividades con presencia de público o que impliquen concentración de personas y el desarrollo de partidos, torneos o competencias, sean éstas federadas, profesionales y/o amateur.

En relación al transporte público señalaron que se habilita el uso de colectivos hasta un 75% de aforo en las unidades. Todos los pasajeros deberán contar obligatoriamente con pasaporte Chaco. Por otro lado, se habilitó el desarrollo de obras de construcción públicas y privadas.

En agencias y sub-agencias de quiniela se mantienen las habilitaciones previstas por Decreto N° 1176/2021, es decir: podrán funcionar en horario de 7 a 20:30, con estrictos protocolos para atención. Las celebraciones religiosas están habilitadas con reducción de aforo al 30% de la superficie disponible. En ningún caso podrán exceder las 100 personas.

En el caso de los jardines y guarderías se mantiene el funcionamiento. Mientras que en peloteros y salones Infantiles se habilita con aforo del 30% para eventos que no superen las 2 horas de duración.

 

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