La Provincia

El STJ rechazó el recurso para que el caso llegue a la Corte Suprema

El Superior Tribunal de Justicia (STJ) del Chaco denegó el reclamo por la supuesta inconstitucionalidad en la entrega de títulos de propiedad de tierras indígenas a pobladores criollos de la Reserva Grande. Lo que se pretendía era que la causa fuera analizada por la Corte Suprema de Justicia de la Nación.

De esta manera, se rechazó el recurso extraordinario federal impulsado por la Organización de los Pueblos Indígenas Mowitob contra la sentencia del propio STJ que había declarado “inadmisible” el planteo de esa organización para que se revise la constitucionalidad del proceso. La organización reclamó al considerar que se actuó en contra de la Constitución Provincial, Nacional y de los Tratados Internacionales que protegen las tierras ancestrales de las comunidades indígenas. Es así que el abogado de la Mowitob anticipó al portal Chaco Día Por Día que recurrirán en queja ante la Corte Suprema para que revise el caso.

La resolución, difundida por el mismo portal, fue dictada el 29 de mayo pasado, y lleva las firmas de los ministros Iride Isabel Grillo, Emilia Valle, María Luisa Lucas y Alberto Modi. En la sentencia original, el STJ había considerado inadmisible analizar el planteo porque en instancias inferiores se tramita una causa similar lo que podría derivar en fallos contradictorios, y esto, pese a que el dictamen del procurador Jorge Canteros consideraba que se debía analizar el recurso de la organización.

Antes, la Mowitob también había realizado una presentación en el fuero contencioso administrativo. Allí pedían para que sean escrituradas a su nombre las más de 300 mil hectáreas que conforman la que se conoce como “Reserva Grande” de El Impenetrable.

 

ARGUMENTOS ENCONTRADOS

 

En la fundamentación del recurso extraordinario, uno de los planteos centrales del abogado Cristian Aguirre de la Mowitob fue que el Superior Tribunal de Justicia aplicó un criterio diferente en otra causa (Roseo). En ese caso, el STJ se expidió pese a existir también causas paralelas en otros fueros, y sin considerar que los fallos pudieran ser contradictorios.

En ese contexto, desde la organización consideraron que “la sentencia de este Superior Tribunal crea una norma prohibitiva que contradice insalvablemente la Constitución Provincial en relación al sistema convencional, en cuanto al derecho al acceso a un recurso judicial efectivo contra los actos que violen gravemente los derechos de los pueblos indígenas”.

Desde la Mowitob señalaron, además, que se trata de una sentencia “de gravedad institucional porque socava las premisas de formulación de políticas públicas sobre acceso a la tierra y territorios para los pueblos indígenas que establece el marco legal aplicable en la provincia, y en el Estado Nacional”.

Por otro lado, en los fundamentos del rechazo al recurso extraordinario, los ministros del STJ consideraron que en la presentación analizada “el recurrente se limita a discrepar con lo resuelto en la sentencia atacada circunscribiéndose a revelar su personal tesitura y reeditando cuestiones ya expuestas, sin lograr abordar una crítica compleja y eficaz de las motivaciones desarrolladas por este Cuerpo”.

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