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EXPTE. N°10826/22

EDICTO

La Dra. GABRIELA ELIZABETH ESPER Juez -Juzgado en Civil y Comercial N° 12- Secretaría N° 12, sito en Calle Güemes N° 609 Resistencia, Chaco, notifica por edicto en autos “CETROGAR S.A. C/LEDESMA, NICOLAS MARCELO S/ EJECUTIVO” EXPTE. N° 10826/22 lo siguiente: ///Resistencia, 3 de Junio de 2026. A la presentación de fecha 02/06/2026 del Dr. GARDEY: En consecuencia, NOTIFÍQUESE POR EDICTOS el despacho monitorio dictado al Sr. NICOLAS MARCELO LEDESMA (DNI N° 33.872.853), los cuales se publicarán por DOS (2) días en el Boletín Oficial y en un diario periodístico digital de la ciudad de conformidad a lo normado por la Ley 3076-M. NOT. GABRIELA ELIZABETH ESPER JUEZ JUZGADO CIVIL Y COMERCIAL N° 12. El presente documento fue firmado electrónicamente por: Firmante: ESPER GABRIELA ELIZABETH, DNI: 30789675, JUEZ/A 1RA. INSTANCIA. Fecha Firma: 04/06/2026. FECHA PUBLICACIÓN: 04/06/2026 21:31 EMITIDO EN: JUZGADO CIVIL Y COMERCIAL N° 12 – RESISTENCIA CVE: IURE- 526b1be ENLACE VALIDACIÓN: https://validaciones.justiciachaco.gov.ar ///Resistencia, 10 de Febrero de 2023.- AUTOS Y VISTOS: CONSIDERANDO: RESUELVO: I) EMITIR DESPACHO MONITORIO contra LEDESMA NICOLAS MARCELO, DNI N° 33.872.853, condenándolo a pagar al accionante la suma de PESOS DOSCIENTOS TREINTA Y NUEVE MIL TRESCIENTOS VEINTIDOS CON SESENTA Y SIETE CENTAVOS ($239.322,67) en concepto de capital, con más los intereses a calcular de conformidad a lo dispuesto en los considerandos, y las costas que se presupuestan provisoriamente en la suma de PESOS SETENTA Y UN MIL SETECIENTOS NOVENTA Y SEIS CON OCHENTA CENTAVOS ($71.796,80), sujeta a liquidación definitiva.- II) HACER SABER AL EJECUTADO que dentro del plazo de CINCO (5) días, podrá cumplir voluntariamente con lo ordenado en el pto. I) de la presente, u OPONERSE a este despacho deduciendo las excepciones previstas en el art. 543 C.P.C.C.0, bajo apercibimiento de lo dispuesto en el art. 541 párrafo tercero del ritual. Asimismo, INTIMASELO a que en igual plazo constituya domicilio procesal, bajo apercibimiento de tenerlo por notificado por Ministerio de la Ley en los términos del art. 56 del C.P.C.C..- III) IMPONER las costas a la parte ejecutada (art. 538 del C.P.C.C.).- IV) REGULAR los honorarios del Dr. GUILLERMO MAXIMILIANO GARDEY, en la suma de PESOS CINCUENTA Y CUATRO MIL CIENTO NOVENTA Y CUATRO ($54.194,00) en carácter de patrocinante y en la suma de PESOS VEINTIÚN MIL SEISCIENTOS SETENTA Y OCHO ($21.678,00) como apoderado, con más I.V.A. si correspondiere, (arts. 3, 5, 6 y 15 de la L.A.), con la limitación prevista por el art. 730 del Código Civil y Comercial de la Nación Argentina (Ley 26.994), sin perjuicio de su eventual adecuación en caso de existir oposición. Notifíquese a Caja Forense por Secretaría vía internet, conforme lo dispuesto por Acordada 3172 del 09/02/11 del Superior Tribunal de Justicia (punto séptimo) y cúmplase con los aportes de ley. V) VII) NOTIFÍQUESE, REGÍSTRESE Y PROTOCOLÍCESE.- MARIA DE LOS ANGELES VULEKOVICH JUZ. CIV. COM. N° 12 -El presente documento fue firmado electrónicamente por: VULEKOVICH MARIA DE LOS ANGELES, DNI: 16987423, JUEZ 1RA. INSTANCIA. NATALIA S. MORESCHI PROSECRETARIA PROV. JUZG. CIVIL Y COMERCIAL Nº 12.

Vto. 30/08
https://www.eldiariodelaregion.com.ar/wp-content/uploads/2026/08/06-PAGINA-29-08.pdf

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