El País

Fallo antecedente de reincorporación de una persona trans en el Estado

La ATE destacó que la Justicia falló a favor de un trabajador estatal incorporado al Estado a través del cupo trans y despedido recientemente. El fallo ordenó la reincorporación inmediata, esperan que sea una medida antecedente para otras denuncias.

La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo falló a favor de la Asociación Trabajadores del Estado (ATE) con una medida cautelar por la reincorporación de trabajadores trans, amparados en la Ley de Cupos, que cumplen funciones en la Administración Pública Nacional, indicando sus inmediatas reinstalaciones en los puestos de trabajo.

“Estamos frente a un avance significativo de la lucha que los estatales llevamos adelante contra el ajuste que en el sector público impulsa el Gobierno Nacional”, indicó Rodolfo Aguiar, secretario General del sindicato.

“La Justicia comienza a darnos la razón y demuestra la absoluta ilegalidad que tienen los despidos masivos que el Poder Ejecutivo decidió llevar adelante en toda la administración”, agregó el dirigente, y destacó “la importancia que el Poder Judicial funcione como órgano de contralor de los otros poderes del Estado, sobre todo de aquellas garantías y obligaciones que contrajo el Estado argentino con la firma de muchos tratados internacionales que protegen a estos grupos de personas”.

Se trata de la primera resolución de este estilo durante la gestión de Javier Milei y se espera que en los próximos días puedan firmarse nuevas cautelares a partir de las presentaciones judiciales realizadas por el sindicato, las cuales se suman a las medidas de fuerza dispuestas para afrontar las políticas de ajuste y desguace del Estado.

“Este fallo es muy importante porque además de la estabilidad en el empleo público como un derecho constitucional fundamental cuya violación venimos denunciando en todos estos meses, ahora se especifica con claridad el daño para la salud física y psíquica, y además el daño social que estas cesantías masivas generan en los trabajadores”, apuntó Rodolfo Aguiar.

El primer caso del que tuvo respuesta concreta el sindicato se trata de un trabajador presta servicios en el Estado desde marzo del 2021 y el pasado 21 de marzo 2024 el organismo público adoptó la arbitraria e ilegal determinación de no renovar su contrato, causa denominada Nº19483/2024/CA1 presentada en el Juzgado Nº15.

Pone de manifiesto el severo perjuicio en la salud física, psíquica o social del ser humano afectado por el despido, y reconoce “la condición integrante de un colectivo desaventajado, históricamente oprimido en referencia a la estratificación social, emplazado en un sitio de lamentable desigualdad estructural”.

 

 

Cooperativa La Prensa

Cooperativa de Trabajo y Consumo Ltda La Prensa

Publicaciones relacionadas

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Botón volver arriba