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La adopción, el derecho de las infancias a tener una familia y protección

En diálogo con elDIARIO, Marta Colussi, del Registro de Adoptantes del Chaco, brindó detalles sobre el proceso de adopción y cómo los mitos influyen en la decisión de las personas que asumir una paternidad o maternidad a través de este sistema.

La adopción es un proyecto de vida y de familia, implica un trámite y asumir la responsabilidad ante una persona nueva en tu vida, un niño, una niña, un adolescente que, a partir de una determinación de la Justicia, ahora es tu hijo o hija.

Los mitos sobre el proceso de adopción son muchos y pueden hasta ser dañinos para quienes en algún momento la pensaron como una herramienta para formar una familia ya sea por no poder tener hijos de manera biológica o bien, por una decisión personal.

Lo primero que hay que saber es que la adopción está pensada de una perspectiva de protección y garantía de derechos de las infancias. Por y para aquellas infancias que por diversas razones no poseen familiares directos que las puedan garantizar una vida digna tal cual lo establecen las leyes y las convenciones internacionales en materia de derechos de niños, niñas y adolescentes como la salud, la educación, el desarrollo personal, amor, contención, apoyo y proyección de un futuro.

Por lo tanto, adoptar implica atravesar un proceso administrativo, una evaluación de tus condiciones como futuro responsable de una persona que requiere de protección integral de sus derechos.

LA ADOPCIÓN

Marta Colussi, del Registro de Adoptantes del Chaco, dialogó con elDIARIO, sobre la situación de niños, niñas y adolescentes que aguardan por una familia en la provincia.

Explicó que existen muchos mitos instalados en torno a la adopción, para lo cual es importante que la sociedad dimensione que la adopción es un derecho y una garantía de las infancias de acceder a derechos básicos y universales como la educación, la salud, la vivienda digna, criarse en entornos familiares saludables y amorosos, en fin “el derecho a desarrollar su vida de forma digna”, afirma.

Las personas que pretendan adoptar deberán inscribirse en el Registro Centralizado de Adoptantes (RCA), que depende del Superior Tribunal de Justicia de la provincia. Que a la vez forma parte de una red federal instaurada por la Ley Nacional 25.854, por medio de la cual se crea la Dirección Nacional del Registro Único de Aspirantes a Guarda con Fines de Adopción.

De acuerdo a esta ley, puede inscribirse en el Registro toda persona mayor de 25 años -salvo aquella que, sin cumplir con este requisito, su cónyuge o conviviente con quien pretende adoptar sí tenga 25 años-, con residencia mínima en el país de cinco años. Puede tratarse de una persona sola o de dos personas, casadas o en unión convivencial.

Por otra parte, también destaca que es importante conocer e informarse sobre los mecanismos por los cuales un niño, niña o adolescente llega a una situación de adoptabilidad, la cual, solo puede ser dictaminada por un juez – en el caso del Chaco, Juez o Jueza de Niñez, Adolescencia y Familia-.

Entonces, “la sociedad debe saber que, ante una situación de vulneración de un niño, ya sea por falta de cuidados de sus progenitores, fallecimiento u otra situación, interviene primero el Estado a través de las áreas de protección establecida mediante leyes provincias, se buscan a familiares que pudieran asumir el cuidado de ese niño o niña vulnerado. Cuando se agota esa instancia, interviene la Justicia, los equipos interdisplinarios analizan el contexto de ese niño que, normalmente se encuentra alojado en hogares, y luego de un plazo, se declara la adoptabilidad”, indicó Colussi. El plazo límite para que esto ocurra es de 180 días.

LAS EDADES Y LOS TIEMPOS

La representante del Registro de Adoptantes, advierte que actualmente existen dos mitos que imposibilita a una persona tomar la decisión de asumir la paternidad o maternidad mediante la adopción: los tiempos de espera y las edades de las infancias en disponibilidad de ser adoptados.

Cada persona, al momento de inscribirse al Registro de Adoptantes es evaluada por equipos de profesionales que analizan si esta persona o pareja está en condiciones socio económicas, y, sobre todo, psicológicas, para garantizar el cuidado de un niño o niña. En esa evaluación también los postulantes pueden exponer qué límite de edad de un niño estarían dispuestos a adoptar.

“Nosotros siempre tratamos de extender esos límites de edad que hasta 2015 era de 3 años, en 2023 se extendió, después de mucho trabajo y diálogo, a 7, 9 y hasta 9 años. Hay que entender que una maternidad o paternidad no necesariamente inicia con la llegada de un bebé”, explica Marta Colussi.

También advierte que, en la actualidad, no existen bebés en situación de ser adoptados. No. Hay niños y niñas con más de 2 años, con hermanitos que no deben ser separados. Por lo tanto, es necesario que los postulantes entiendan que “la adopción existe para cubrir la realidad y necesidades de los niños, no al revés”.

La complejidad en los tiempos que le lleva a una persona o pareja adoptar a un niño o niña, está directamente relacionada con los límites de edad que se imponen los postulantes.

Una vez que una persona se inscribe y atraviesa el proceso administrativo, los análisis de los equipos interdisciplinarios comienza la etapa de encontrar al niño, luego viene el proceso de vinculación.

“Para un niño, salir de su familia de origen es doloroso y los plazos para las infancias son subjetivas, es un proceso que debe ser acompañado porque implica un cambio drástico en su vida”, señala Marta Colussi. Por ende, el proceso de vinculación con su nueva familia también es un proceso que puede llevar tiempo. “Hay que tener en cuenta siempre que la salida de un niño de su entorno no está determinada por la pobreza de un grupo familiar, si lo es el maltrato, abuso sexual, situaciones de abandono extremo, consumo de alcoholismo y sustancias”. Por lo tanto, “es un camino difícil que debe estar estrechamente relacionado con el deseo de dar amor, protección, acompañamiento”, cita Colussi.

Si la vinculación funciona, sigue el paso de trasladar al niño a vivir con su nueva familia, un proceso que es acompañado por la Justicia a través de medidas de protección como la guarda preadoptiva a lo que sigue el juicio de adopción que confirma el vínculo familiar.

DATOS

Hasta septiembre del 2023 en la provincia había 41 inscriptos en el Registro, 13 en proceso de vinculación con niños, niñas y adolescentes, y 28 carpetas de postulantes a adopción en análisis.

Por otra parte, había 28 carpetas de niños y niñas en búsqueda de familias, de los cuales, ninguno es un bebé de menos de un año, 9 niños en situación de guarda preadoptiva – ya conviven con la familia adoptante y esperan la medida judicial que confirme la adopción-, en total son 45 las carpetas de niños en situación de ser adoptados.

Además, en todo el país hay 1900 familias inscriptas en la Red de Registros de Adoptantes, debido a que una vez que uno se inscribe en el registro de su provincia, ingresa también al registro nacional.

La búsqueda de familias para los niños en condiciones de ser adoptados es constante, una vez que se agota la lista de postulantes de una provincia, se busca en otras provincias. Si esa lista también se agota, se largan las convocatorias públicas en las que pueden acceder personas inscriptas o no.

“Nos sobran postulantes porque lo que buscan no se adapta a las necesidades de las infancias, necesitamos revertir esa situación y, en ese sentido, los medios de comunicación nos ayudan mucho a derribar estos mitos”, destaca Marta Colussi.

LA INSCRIPCIÓN

Las personas interesadas en ingresar al Registro de Adoptantes dirigirse a la oficina ubicada sobre calle Brown 250, ciudad de Resistencia. También pueden comunicarse por teléfono al 0362-4453917 o vía email: registro.adoptantes-rcia@justiciachaco.gov.ar.

Para las localidades de la provincia, el trámite se inicia en los Juzgados de Paz.

Tanto el formulario de inscripción, como la guía con los requisitos, pueden consultarse en el apartado del RCA que figura en www.justiciachaco.gov.ar.

 

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