El País

La Corte decidirá sobre el decreto que anuló la Ley de Medios

La Cámara Federal en lo Contencioso Administrativo aceptó elevar a la Corte Suprema el recurso extraordinario contra el Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) con el que el presidente, Mauricio Macri, desguazó la regulación a los medios audiovisuales. Ahora, el máximo tribunal deberá decidir sobre la constitucionalidad de la medida.

A través del DNU N° 267 -y a pesar de no existir real necesidad ni urgencia-, Macri redujo los límites a la concentración de las licencias de radiodifusión, extendió por 10 años las ya concedidas y derogó la limitación para la transferencia de licencias. Antes, había intervenido a través de dos decretos las autoridades de aplicación tanto de la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual (LSCA) como de la Ley Argentina Digital: la Afsca y la Aftic y puso sus funciones bajo el entonces flamante Ministerio de Comunicaciones. También, fue disuelto el Consejo Federal de Comunicación Audiovisual (Cofeca), integrado por representantes de las provincias, las universidades y de sectores público, privado sin fines de lucro y privado con fines de lucro. Luego, a través del DNU N° 267 se creó un nuevo órgano -el Ente Nacional de Comunicaciones (Enacom)- en el que el Ejecutivo puede designar a cinco de los siete directores y tiene la posibilidad de desplazarlos a su gusto.

 

COOPERATIVA POR

LA COMUNICACIÓN

La causa que llega a la Corte fue iniciada por la Cooperativa de Trabajo para la Comunicación Social, que gestiona desde hace 30 años la radio comunitaria FM En Tránsito. La Cooperativa tenía un lugar en el Cofeca y ante la pérdida de ese asiento hizo un planteo junto al Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS) ante los tribunales de San Martín.

En primera instancia, la jueza federal Martina Fons dio la razón al medio comunitario y dictó una cautelar el 11 de enero de 2016 para suspender los efectos de los decretos. Ante la apelación del Ejecutivo contra la competencia del Juzgado de San Martín, la causa se derivó al Juzgado Contencioso Administrativo Federal N° 8 de la Capital Federal, donde se había presentado una acción judicial similar. Pocos meses después, tanto el Juzgado N° 8 como la Sala 1 de la Cámara Federal en lo Contencioso Administrativo rechazaron el amparo “por abstracto”, al considerar que el DNU fue avalado por la Cámara de Diputados y la autoridad intervenida ya estaba disuelta.

“La sentencia de la Sala 1 es arbitraria y una forma de denegación de Justicia y no atiende a los argumentos planteados. No se pronuncia ni por el contenido regresivo de los decretos, ni por la figura utilizada para modificar la ley: el Decreto de Necesidad y Urgencia, regulado por la ley N° 26122, que pedimos que sea declarada inconstitucional”, expresó el CELS al pedir que el planteo llegue a la Corte Suprema de Justicia a través de un recurso extraordinario federal. 

Cooperativa La Prensa

Cooperativa de Trabajo y Consumo Ltda La Prensa

Publicaciones relacionadas

Botón volver arriba
Cerrar
Cerrar