La Provincia

La cuarentena se prorroga hasta el 24 de julio

Desde el Ejecutivo aclararon que si bien se mantiene el aislamiento social preventivo y obligatorio (ASPO), las restricciones y habilitaciones se podrían modificar si se achata la curva de contagios.

El gobernador, Jorge Capitanich, firmó ayer el decreto N° 756/2020 que establece la extensión del aislamiento social preventivo obligatorio (ASPO) en las localidades críticas hasta el viernes 24 de julio, con medidas que podrán ser modificadas de acuerdo a la vigilancia epidemiológica y los indicadores sanitarios. La regulación en los municipios no críticos, dependerá de cada autoridad municipal. Las medidas entran en vigencia desde hoy.

El nuevo documento, ratificó y prorrogó las medidas dispuestas por el decreto Nº 732/2020 y, además, dispone que las restricciones y habilitaciones podrán ser modificadas de acuerdo a los indicadores sanitarios y de seguridad pública.

Los indicadores son: tasa de duplicación de días, tasa de contagios, R0, etapas de propagación según método BID, indicadores sintéticos de seguimiento y monitoreo de contactos estrechos y casos positivos confirmados, y la regulación que dicte la Cámara de Diputados respecto al receso administrativo, legislativo y judicial.

La circulación de personas estará permitida únicamente para quienes cuenten con el permiso provincial por actividad exceptuada, o bien, para quienes hayan tramitado turnos para realizar alguna actividad o trámite puntual. Además, continúa vigente el operativo Volver a casa.

 

MEDIDAS

Las localidades con máxima restricción de circulación continúan siendo Resistencia, Fontana, Barranqueras, Vilelas y Sáenz Peña. Se mantiene la suspensión de eventos culturales, sociales, deportivos, religiosos y aquellos que impliquen aglomeración de personas

Continuarán las restricciones de ingreso y egreso a la provincia con control en los nueve puntos limítrofes provinciales. Se prolonga el asueto administrativo con guardias mínimas, excluyéndose las áreas consideradas críticas o esenciales

Se mantiene la suspensión del transporte público de pasajeros, interurbano, interjurisdiccional e internacional, salvo en el caso de personal de salud, que seguirán contando con transporte especial, exclusivo y gratuito para quienes se desempeñen en el hospital Perrando.

En cuanto a la circulación de personas, automotores y motovehículos, estará permitida sólo para quienes cuenten con permiso provincial de circulación para la realización de las actividades habilitadas y exceptuadas.

Además, se mantendrán sólo cuatro puntos habilitados para el acceso a la ciudad de Resistencia: avenida Sarmiento, ruta Nicolás Avellaneda y avenida Sabín, ruta 11 y avenida 25 de Mayo y ruta 11 y avenida Alvear.

En cuanto a la actividad bancaria, los bancos de toda la provincia atenderán con turnos preasignados en la página web de cada entidad.

 

ACTIVADES HABILITADAS

Las actividades comerciales habilitadas de industria y servicios son:

estaciones de servicio de combustible, supermercados, autoservicios, panaderías, almacenes y farmacias.

Los taxis y remises que prestan servicios en el Gran Resistencia continúan habilitados para circular únicamente con servicio puerta a puerta, de 6 a 18 horas, con no más de dos pasajeros a bordo. Los pasajeros también deberán contar con permisos de circulación o turnos correspondientes.

Hoteles, hosterías, residenciales y hoteles alojamiento solo se habilitan para alojamiento de personal médico, aislamiento o servicios esenciales en el contexto de pandemia.

Fabricación, procesamiento, distribución y comercialización de productos alimenticios y bebibles, de limpieza, higiene personal, hospitalarios y médicos.

Atención médica, odontológica, laboratorios bioquímicos, ópticas, y profesionales de la salud inclusive kinesiólogos, fisioterapeutas.

Fabricación y provisión de insumos para distribución y empaque de productos alimenticios, bebidas, perfumerías.

Servicios de comunicación, audiovisual y de telefonía, (con reducción de capacidad instalada). También veterinarias y tiendas para mascotas.

Obras públicas y privadas autorizadas por Municipio local.

Empresas de seguridad y vigilancia, servicios fúnebres y salas velatorias.

Servicios técnicos, mantenimiento y administrativo de apoyo de Empresas estatales prestadoras de servicios públicos. Corralones, venta de materiales de construcción, ferreterías y afines vinculados a la venta de materiales de construcción. Actividad agropecuaria y forestal. Agencias de Lotería.

Bares, restaurantes: sólo podrán funcionar bajo la modalidad de reparto a domicilio y/o retiro del local sin permanencia en el mismo hasta las 1.

Por otra parte, las actividades comerciales y de servicio no esenciales funcionarán bajo la modalidad de reparto a domicilio en horario de 8 a 20.

Cooperativa La Prensa

Cooperativa de Trabajo y Consumo Ltda La Prensa

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