La Política

La Justicia decidió que se tramiten por separado amparos contra el DNU

Fue un fallo de la Cámara de Apelaciones del fuero Contencioso Administrativo. El Ejecutivo pretendía que todo se tratara de manera colectiva.

La Cámara de Apelaciones del fuero Contencioso Administrativo confirmó la decisión del juez Enrique Lavié Pico de desarmar el proceso colectivo que hubiera reunido todas las causas contra el DNU del presidente Javier Milei. De esta manera, se promueve que cada caso se tramite en su respectivo fuero y jurisdicción.

Se trata de otro revés para el Gobierno, que esperaba todo lo contrario. El fallo lo firman los camaristas Sergio Fernández y Carlos Grecco en el marco del expediente iniciado por la Asociación Civil Observatorio del Derecho a la Ciudad, que fue la primera acción de amparo contra el mega decreto del gobierno libertario que busca desregular la economía.

Los jueces de la sala de feria del tribunal de apelaciones declararon inadmisible el recurso con el cual el Gobierno nacional, a través de la Procuración del Tesoro, habría reclamado que todos los cuestionamientos judiciales contra cualquier capítulo del DNU se tramitaran en un solo amparo colectivo en el fuero contencioso administrativo.

Previo a la feria judicial, el juez Esteban Furnari había decidido tramitar el caso como un proceso colectivo, lo que hubiera atraído todas las presentaciones que se hicieran contra el DNU. Esto fue luego desarmado por decisión del juez de feria Lavié Pico.

La apelación del Gobierno sostenía que la decisión de Lavié Pico de desarticular el proceso colectivo vulneraba el derecho de defensa del Estado. Pero el fallo de hoy sostiene lo contrario. “Esta Sala no encuentra elemento de convicción suficiente que permita comprobar de qué modo esa decisión –que además desvincula y devuelve las actuaciones que habían resultado atraídas de las jurisdicciones naturales– conculcaría el derecho de defensa del Estado Nacional”, dijeron los jueces.

No fue este el único revés contra el gobierno que se conoció este miércoles. El fiscal general ante las Cámaras Nacionales de Apelaciones en lo Civil y Comercial Federal y en lo Contencioso Administrativo Federal Fabián Canda consideró que la Justicia Nacional del Trabajo es “competente” para intervenir en el planteo legal hecho por la CGT en contra de los alcances laborales del DNU. El Ejecutivo buscaba sacar del fuero laboral el caso abierto contra el capítulo laboral.

El fiscal destacó que la central obrera “promovió una acción de amparo tendiente a obtener la declaración de inconstitucionalidad” del DNU 70/2023 “por vulnerar en forma ostensible y manifiesta” lo prescripto en la Constitución Nacional, entre otras normativas, “violar el principio básico de división de poderes y establecer una reforma laboral con modificaciones peyorativas y permanentes en los derechos de los trabajadores y sus organizaciones sindicales”.

El 3 de enero, la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo dictó una medida cautelar que suspendió la aplicación del capítulo laboral del DNU dictado por el gobierno de Javier Milei. El tribunal hizo lugar al pedido de la CGT, que había apelado una resolución de primera instancia, y dispuso el dictado de una medida cautelar hasta tanto se analice la cuestión de fondo vinculada al análisis de constitucionalidad de la reforma. Luego se presentaron otras cuatro que suspendieron el mismo capítulo.

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