
En ese contexto, fijó plazos para ejecutar refacciones edilicias, garantizar personal suficiente y calificado, asegurar atención médica permanente y conformar un equipo técnico interdisciplinario con dedicación exclusiva. También aconsejó al Poder Legislativo sancionar una ley específica para estos dispositivos convivenciales. El amparo será monitoreado por el propio Juzgado y organismos de control externos como el Comité para la Prevención de la Tortura.
La jueza María Eugenia Barranco Cortés, titular del Juzgado Civil y Comercial Nº 4 de Resistencia, hizo lugar en forma definitiva a la acción de amparo promovida por la Asesoría de Niñas, Niños y Adolescentes Nº 1 y condenó al Poder Ejecutivo provincial, al Ministerio de Desarrollo Humano y a la Dirección de Niñez, Adolescencia, Familia y Adultos Mayores a transformar de raíz el funcionamiento del Espacio Convivencial Alternativo (ECA) Nº 1, el hogar del barrio céntrico de Resistencia donde residen bebés y niños de hasta siete años de edad que, por disposición judicial, no pueden permanecer con sus familias de origen.
La sentencia fue firmada este martes 2 de junio y es la culminación de un proceso que comenzó en febrero de 2025, cuando la asesora Natalia Facchin presentó la demanda tras constatar personalmente el estado del establecimiento ubicado en la calle Roque Sáenz Peña al 1200.
El fallo cierra un largo recorrido procesal que, como Litigio informó en notas anteriores, incluyó un rechazo inicial de la acción, una confirmación de ese rechazo por la Cámara de Apelaciones, la revocación de ambas decisiones por el Superior Tribunal de Justicia del Chaco, el dictado de una tutela anticipada en diciembre de 2025 y una nueva apelación del gobierno provincial. Sobre esa base, y luego de un período probatorio que concluyó en mayo de 2026, la magistrada dictó sentencia definitiva.
“Una forma de violencia institucional”
La prueba acumulada durante el proceso dibuja un cuadro sistemático y sostenido de precariedad que la jueza no dudó en calificar como algo que “trasciende el plano de la mera precariedad administrativa para convertirse en una forma de violencia institucional”. Los informes del Comité de Prevención contra la Tortura de la Provincia del Chaco, del Departamento de Arquitectura del Poder Judicial, de la División Bomberos, de la Municipalidad de Resistencia y de dos médicas del Centro de Salud de Villa Libertad que atienden a los niños del hogar confluyeron en un diagnóstico uniforme: el ECA Nº 1 no reúne las condiciones mínimas para alojar a seres humanos, menos aún a bebés y niños en sus primeros años de vida.
El reconocimiento judicial realizado en septiembre de 2025 verificó, entre otras cosas, que el muro medianero del patio estaba sostenido por palos de madera con riesgo de derrumbe, que dos cilindros de gas envasado de cuarenta y cinco kilos se almacenaban dentro de la cocina sin la casilla reglamentaria, que los detectores de incendio y las luces de emergencia no funcionaban, que había cables colgando en distintos ambientes, que los enchufes y artefactos eléctricos estaban deteriorados o rotos, y que los baños carecían en varios casos de puertas. Un informe de Higiene y Seguridad de marzo de 2025 había señalado, como primera prioridad de riesgo, que las tomas de corriente estaban al alcance de los niños.
La situación del personal fue documentada con igual contundencia. En el momento de mayor crisis, y según el informe médico presentado ante la Justicia en mayo de 2026, veintiocho niños —seis de ellos menores de seis meses, varios prematuros o con patologías crónicas— eran atendidos por una sola enfermera y dos cuidadoras por turno. Durante el turno nocturno, toda esa población quedaba bajo la responsabilidad de una única persona. Dos médicas de un Centro de Salud de Resistencia habían advertido por escrito que las indicaciones médicas “humanamente no pueden cumplirse” en esas condiciones y que “se deslindaban de toda responsabilidad” por lo que pudiese ocurrirle a los niños enfermos.
Fuente: Litigio



