El País

El Gobierno apura el proyecto para bajar la edad de imputabilidad

El ministro de Justicia y Derechos Humanos, Germán Garavano, indicó que la reforma del régimen penal juvenil estará lista antes de las elecciones y que, de haber consenso en los próximos 15 días, será elevado al Congreso. El funcionario también destacó que el debate se llevará adelante el martes, en la Comisión de la Responsabilidad Penal Empresaria. 

La iniciativa del Ejecutivo establece "para los delitos gravísimos, aquellos que tienen penas mayores de 25 años, sería 14 años la edad" de imputabilidad, mientras que "para los delitos muy graves, como violaciones, homicidios, robos con arma consumados, sería 15 años la edad".

Garavano precisó que "el proyecto está terminado, en su primera versión" y que "en los próximos 15 días habrá reuniones con los ministerios de Desarrollo Social, Seguridad, Educación y Jefatura de Gabinete, para ajustar detalles". Seguidamente, aseguró que: "Si hay consenso, será enviado antes de las elecciones, y si no, luego de las elecciones", en declaraciones a radio Mitre, divulgadas por El Cronista.

A su vez, Garavano aseguró que los fueros parlamentarios "son para las opiniones, mientras son diputados, pero no pueden servir para posibles delitos cometidos previamente".

El ministro explicó que los fueros "fueron creados para las opiniones de los legisladores, para que no puedan ser molestos mientras dan sus opiniones políticas. Eso no puede ser de ninguna manera un paraguas de protección", sostuvo.

 

 

RESPONSABILIDAD

PENAL EMPRESARIA

El Senado comenzará a debatir esta semana el proyecto de ley de Responsabilidad Penal Empresaria, con la presencia de Garavano.

El proyecto, aprobado por la Cámara de Diputados, será debatido el martes, a partir de las 14, en el ámbito de la Comisión de Justicia y Asuntos Penales de la Cámara alta que preside Pedro Guastavino, del Frente Para la Victoria (PJ-FPV).
La iniciativa plantea sanciones penales para las empresas que cometan cualquiera de los delitos contemplados en el Código Penal, poniendo así en pie de igualdad a las personas jurídicas con el régimen aplicado a las personas físicas.

En este sentido, se establece una multa en el rango del 1 al 10 % de los ingresos brutos anuales que la empresa condenada hubiere tenido en el último ejercicio anterior a la comisión del delito.

Otras sanciones que se podrían aplicar a las personas jurídicas autoras de delito son la suspensión provisoria o definitiva de la personería hasta por diez años; la suspensión total o parcial de la actividad hasta por diez años y la suspensión de patentes o marcas hasta por diez años. (Fuente: El Cronista y Noticias Argentinas)

 

 

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