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Oficializaron la ley que alivia de impuestos a espacios culturales

El ICCh comunicó la aprobación de la eximición permanente de hasta el 50% en los servicios de energía eléctrica y agua potable, para salas de teatro y centros culturales.

El Instituto de Cultura de Chaco (ICCh) comunicó la aprobación, en la última sesión legislativa del miércoles en la Cámara de Diputados de la provincia, la ley Nº 3.442-A que establece una eximición permanente de hasta el 50% en los servicios de energía eléctrica y agua potable, para salas de teatro y centros culturales.

El presidente del ICCh, Francisco Tete Romero, expresó: “Estamos muy felices con la sanción de esta ley, tan esperada por el teatro chaqueño. Once salas de teatro independiente pensaron junto al ICCh, desde la anterior presidencia y la actual, cómo resolver de manera permanente el problema que atraviesan ante la imposibilidad de afrontar los costos de los servicios de agua y energía eléctrica”.

“Es una ley trascendental, que vino para quedarse y también para expandirse, porque además de eximir hasta un 50% de los costos de agua y energía eléctrica para espacios culturales, invita a los 69 municipios chaqueños a hacer lo propio con el pago del impuesto inmobiliario”.

EJES CENTRALES

Además de la eximición en servicios básicos, faculta a las prestadoras de estos servicios, a convenir planes de pagos, con los beneficiarios, a fines de regularizar deudas previas a la vigencia de la ley.

Invita a los Municipios a adherir, exceptuando a los espacios culturales del pago del impuesto inmobiliario y tasa de servicios, en el mismo porcentaje.

El Instituto de Cultura será la autoridad de aplicación y tendrá a su cargo un Registro de Salas de Teatro o Centros Culturales, a fines de lograr un empadronamiento actualizado de los beneficiarios de la ley.

Podrán registrarse espacios de cualquier tipo societario o cooperativista, que realicen de manera exclusiva, actividades culturales vinculadas a las artes escénicas (teatro, danza y música), espectáculos, exposiciones, instalaciones o muestras, con participación de los intérpretes y asistentes.

El gasto que demande la ejecución del presente será imputado con cargo a las partidas presupuestarias correspondientes a la jurisdicción de la autoridad de aplicación. (Fuente: Agencia Foco)

Cooperativa La Prensa

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