La Provincia

Pamela Famoso: aceptaron el recurso para rever la condena

Esto se dio luego de la sentencia de la Cámara Tercera en lo Criminal condenó a apenas un año y seis meses de prisión en suspenso al agresor Juan Benítez Cerio. Tras este juicio abreviado, el tribunal hizo lugar al recurso de Casación interpuesto por el abogado querellante de la víctima, José Ballesta.

Será la Sala en lo Criminal y Correccional del STJ quien revea el fallo. Por otro lado, Ballesta denunció que las autoridades decidieron retirarle la custodia a la víctima y que aún no funciona el nuevo sistema de botón antipánico.

Según añadió el abogado en comunicación con Radio Ciudad, la presentación del recurso de Casación se realizó el 29 de mayo y se esperaba la resolución para 1 de junio por parte de la jueza Elda Torresagasti, de la Cámara Tercera en lo Criminal. Pero ante la falta de respuestas, el martes la querella debió presentar un “pronto despacho” que obligue a responder. Es así que recién el miércoles se confirmó la elevación de la causa al STJ.

“Pamela Famoso me puso en conocimiento de que le informaron que la custodia policial que tenía apostada en su domicilio, por decisión de autoridades superiores, quedó sin efecto. Estamos en esta situación, tratando de chequear esa información oficial y retomar la custodia de Pamela hasta tanto el Superior Tribunal de Justicia se expida en la causa”, manifestó Ballesta en comunicación radial.

Otra denuncia que circuló esta semana alertó que los nuevos botones antipánico para las víctimas de violencia de género pasarían a depender de la empresa ECOM Chaco S.A. El abogado señaló que ésa es la información que se maneja, aunque aclaró que aún no se conocen precisiones.

“Se diagramó provisoriamente en comunicación con el 911 y con los números de las comisarías a través de los comisarios, pero más de eso no tenemos información. Prensa de Jefatura de Policía debe informar pero lamentablemente no hay precisión en cuanto a la fecha de implementación del nuevo sistema”, expresó.

En el recurso presentado, la querella recalcó que el de Pamela Famoso es un caso de violencia contra la mujer, un delito doblemente agravado, con una pena que supera los diez años. Allí, se nombra el fallo ejemplar, enmarcado constitucionalmente en el artículo 1 de la Convención de Belém do Pará “para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra la mujer”.

 

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