Derechos HumanosDestacadas

Rechazo a excarcelación de genocidas por el TOF

Los jueces federales Juan Manuel Iglesias y Eduardo Belforte concedieron el privilegio de prisión domiciliaria a seis condenados por crímenes de lesa humanidad en las causas Caballero y Masacre de Margarita Belén.Organismos de DD. HH. exigen el cumplimiento de las condenas de modo efectivo en cárcel común para los autores de torturas, violaciones, homicidios y desapariciones forzadas durante la última dictadura.

Desde la Comisión Provincial por la Memoria, los organismos de DD. HH. que la integran manifestaron su  repudio al otorgamiento de prisión domiciliaria por parte de los jueces del Tribunal Oral Federal de Resistencia Eduardo Belforte y Juan Manuel Iglesias a seis genocidas con un papel protagónico en el terrorismo de Estado desatado en la región por la última dictadura cívico-militar. Se trata de Héctor Roldán, José Marín, Jorge Ibarra, Ernesto Simoni, José Rodríguez Valiente y Horacio Losito, condenados en las causas Caballero y Masacre de Margarita Belén por habérseles comprobado la autoría de torturas, violaciones, homicidios y desapariciones forzadas así como también privación ilegítima de la libertad.

En todos los casos, se trata de un subterfugio por parte de los represores que cuenta con el visto bueno de los jueces Belforte e Iglesias para eludir el cumplimiento de las condenas con la excusa de peligro de contagio en el marco de la pandemia de coronavirus. De este modo, el TOF concedió la excarcelación de establecimientos penitenciarios de modo provisorio por un año, o bien hasta el cese la emergencia sanitaria.

Juez federal Juan Manuel Iglesias

En principio las prisiones domiciliarias no se harán efectivas para Simoni, Roldán, Ibarra y Rodríguez Valiente gracias a la resolución de la jueza federal Zunilda Niremperger, quien denegó el privilegio luego de que la Fiscalía Federal y la querella que impulsa la Secretaría de DD. HH. de la provincia presentarán sendas solicitudes de oposición al cese de cumplimiento efectivo de las condenas respectivas. Tampoco se materializaría en el caso de José Marín, “el cabo Sotelo, feroz torturador y señalado como el ejecutante de un acordeón para tapar los alaridos de torturados y torturadas en los sótanos de la ex Brigada de Investigaciones, por tener dictada prisión preventiva en primera instancia.

En ese sentido, la magistrada Niremperger señaló en los fundamentos a su rechazo a la domiciliaria: “La adopción temprana de políticas sanitarias y criterios epidemiológicos que procuran la intensificación de los controles médicos de ingresos a la unidad, como así de seguimiento de internos comprendidos en el colectivo vulnerable, las restricciones de acceso de personas, la creación de un Comité de Crisis y la implementación del ‘Protocolo de detección, diagnóstico precoz,  aislamiento preventivo y aislamiento sanitario por la COVID-19’, lucen en esta instancia como razonables en relación al actual contexto de emergencia sanitaria”.

No obstante, esa resolución de Niremperger fue apelada por las defensas de genocidas y por ello ahora deberá resolver la cuestión la Cámara Federal de Resistencia.

HORACIO LOSITO, REPRESOR SUELTO

Quién podrá hacer uso del privilegio, es nada más y nada menos que Horacio Losito, condenado el 16 de mayo de 2011 a 25 años de prisión por su participación en el fusilamiento clandestino del 13 de diciembre de 1976, en cercanías a Margarita Belén, contra un grupo de presos y presas por razones políticas. Las víctimas se encontraban maniatadas y moribundas luego de haber sido apaleadas durante la víspera en el comedor de la Alcaidía Policial de Resistencia. A la fecha varios de los fusilados continúan siendo buscados por sus familias en tanto sus cadáveres fueron desaparecidos en el marco de la burda simulación de “enfrentamiento” con el cual la dictadura intento camuflar el crimen. A la fecha ni uno solo de los condenados aceptó brindar algún tipo de información al respecto. Losito revistaba como S2, oficial de Inteligencia, del Regimiento de Infantería nº 9 de Corrientes. En la causa instruida por crímenes de lesa humanidad cometidos en el centro clandestino que funcionó en el citado destacamento fue condenado a 25 años de prisión. Por los testimonios de los sobrevivientes se supo que participó en allanamientos y en interrogatorios bajo tortura, junto con el genocida Juan Carlos De Marchi, apodado “el electricista” por su destreza en el manejo de la picana.

Losito logrará salir de la Unidad 34 de Campo de Mayo por haber sido concedido este privilegio por el Tribunal Oral de Corrientes, donde tiene otra causa en la que será procesado próximamente. Cabe destacar que la Unidad 34 es un penal modelo en su tipo, con el Hospital Militar a tan sólo 10 minutos, y una población carcelaria que no llega al 70% de su capacidad.

De este modo, correrá la misma suerte que ya goza desde febrero de 2017 otro emblema del genocidio en Chaco como Gabino Manader, torturador, violador y uno de los jefes de la “patota” de la Brigada, en la actualidad bajo arresto domiciliario.

CÁRCEL COMÚN Y EFECTIVA

Asimismo, los organismos de DD. HH. destacaron que «resulta llamativo que genocidas condenados por los más aberrantes crímenes reciban con gran celeridad el beneficio de libertad condicional, mientras que cualquier otro infractor a la ley mediante delitos ordinarios no recibe este trato». «El lugar de los condenados por crímenes tan atroces como la tortura, violación y desaparición forzada desde la impunidad que garantizó el aparato estatal genocida no es otro que la cárcel común y efectiva. Y el Estado debe realizar las gestiones pertinentes para asegurar el cumplimiento de las condenas».

Por ello, la CPM Chaco instó a las autoridades del Poder Judicial a «que estén a la altura de la democracia y del proceso de Memoria, Verdad y Justicia que el pueblo argentino impulsó desde el llano y que hoy es un ejemplo mundial. Nada de ello fue en vano y así como no pudieron evitar rendir cuentas por sus crímenes con leyes de obediencia debida, de punto final o indultos, ni tampoco con el intento macrista de 2×1, tampoco ahora dejaremos de activar por todos los medios el repudio social y rechazo judicial a los periódicos intentos de eludir el cumplimento de las condenas».

A los jueces les señalamos que no puede haber ambivalencias ni complicidades judiciales con la protección a represores sobre la base de interpretaciones antojadizas del proceso penal y de las garantías individuales, justamente en beneficio de torturadores y asesinos que fueron juzgados y condenados en juicios apegados al Estado de Derecho. El Estado de Derecho que ellos mismos pisotearon, y garantías que se encargaron de negar a cada una de sus víctimas, muchas de ellas todavía sin poder ejercer ni siquiera el derecho humano a un sepulcro.

Los protagonistas y ejecutores directos del terrorismo de Estado deben cumplir la totalidad de sus condenas en cárcel común y los jueces de la democracia deben obrar en ese sentido para no ponerle su firma a la impunidad de torturadores y asesinos».

Horacio Losito, en la U7 durante 2010.

 

 

Cooperativa La Prensa

Cooperativa de Trabajo y Consumo Ltda La Prensa

Publicaciones relacionadas

Botón volver arriba
Cerrar
Cerrar