Derechos Humanos

Caballero II: suspendieron los debates hasta tanto se decida la continuidad de Iglesias

Se reanudó ayer en la sede del Tribunal Oral Federal (TOF) de Resistencia la audiencia de la causa Caballero II, por crímenes de lesa humanidad cometidos en la ex Brigada de Investigaciones de la Policía de Chaco durante la última dictadura cívico-militar, pero no hubo debate ni declaraciones testimoniales o de los imputados como estaba previsto.

La audiencia se suspendió ya que el tribunal informó que antes de continuar con el juicio oral se abocará a analizar la situación de uno de sus integrantes, el juez Juan Manuel Iglesias, sujeto a recusación en el incidente por la domiciliaria al represor Gabino Manader.

Con todas las partes instaladas en la sala de audiencia el presidente del TOF, el juez Eduardo Belforte comunicó que para los magistrados el pedido recusador, realizado por la Secretaría de DD. HH. de la Provincia, tiene un “efecto expansivo” a todo el proceso. Por ello, deberán dirimir la continuidad de Iglesias o bien su salida del juicio, en cuyo caso se espera sea reemplazado por la cuarta jueza, Delfina Deogens, de cara a la continuidad del proceso y no a su culminación abrupta, si se decidiera convocar a un nuevo tribunal. Esto se sabrá el viernes, cuando se reanuden los debates.

 

EL INCIDENTE CON GABINO MANADER

Sucede que desde la Secretaría de DD. HH., se presentó un pedido de recusación al juez Iglesias en el incidente por el cual se solicitó la revocatoria de la prisión domiciliaria de Gabino Manader, fundamentado en que el magistrado “ya posee una idea o un concepto por todos conocido, lo que a todas luces viola la garantía constitucional de imparcialidad”, según precisa el documento. Además, en el escrito se señala que “Iglesias juzgó en un sentido, tiene una postura jurídica respecto de los hechos que se ventilan en la causa y sabido es que si nuevamente tiene que resolver la misma cuestión  -claramente de antemano- las partes saben lo que él mismo resolverá, violándose de esa forma la garantía constitucional de imparcialidad”.

Iglesias fue muy criticado por los organismos de DD. HH., familiares de las víctimas y organizaciones sociales porque concedió la excarcelación a Manader (acusado de desapariciones forzadas, torturas y violaciones, además de ser uno de los jefes del grupo de genocidas que actuaron en la Brigada de Investigaciones, condenado en 2010 a 25 años de prisión por torturas) en virtud de un informe de médicos del servicio de la misma Unidad Penitenciaria, y no tuvo en cuenta el dictamen de Cuerpo Médico de la Corte Suprema de la Nación, que luego de realizar un examen al imputado dictaminó que "la medida privatoria de su libertad en sí misma no debería afectar la evolución de su patología”.

Una cuestión que llamó poderosamente la atención fue que Iglesias se acercó personalmente durante la tarde del 2 de febrero hasta la Unidad Penitenciaria Nº 7 para tramitar el traslado del represor. 

 

“IMPUNIDAD BIOLÓGICA”

Este último pedido de recusación, parcial en tanto hizo foco únicamente en el “incidente Manader”, se suma a presentaciones formales anteriores realizadas por la Secretaría de DD. HH. con objeto de solicitar se mantenga la prisión preventiva a todos los imputados  para “cumplir con la obligación constitucional, de perseguir, investigar, juzgar y sancionar los crímenes de lesa humanidad”.

Del mismo modo, el Ministerio Público Fiscal presentó un recurso ante Casación en el que también se pide la cárcel efectiva de  Manader. En ese sentido, Carlos Martín Amad, fiscal federal general; Patricio Nicolás Sabadini, fiscal federal y Diego Jesús Vigay, fiscal federal ad hoc señalaron que el otorgamiento mecánico de la prisión domiciliaria de todos los condenados por delitos de lesa humanidad mayores de 70 años “operaría claramente como un mecanismo de impunidad biológica, que violaría el compromiso del Estado argentino de juzgar los crímenes de lesa humanidad”.

 

Cooperativa La Prensa

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