Derechos Humanos

Ordenaron una junta médica para examinar a Gabino Manader

El represor Gabino Manader, procesado en la causa Caballero II por crímenes de lesa humanidad y condenado a 25 años de prisión por torturas en un juicio anterior, será sometido a una junta médica para constatar si su condición de salud justifica el beneficio de prisión domiciliaria. La medida había sido concedida a fines de 2016 por el juez Juan Manuel Iglesias, en una polémica decisión que generó el repudio de organismos de derechos humanos y familiares de las víctimas. La orden de examinar al genocida, que trascendió ayer, es de comienzos de abril y lleva la firma del presidente del Tribunal Federal de Resistencia, Eduardo Belforte.

“Practíquese con carácter de urgente una junta médica a Gabino Manader, compuesta por dos médicos de especialistas en cardiología del cuerpo médico forense de la Corte Suprema de Justicia de la Nación”, reza el documento, con el objetivo de que los profesionales se expidan sobre los siguientes puntos: estado de salud del nombrado, si es posible tratar sus patologías en la unidad de detención U7 y si ello implicaría un agravamiento en condición.

Consultado por elDIARIO de la Región, el abogado Paulo Pereyra, querellante de la Secretaría de Derechos Humanos de la provincia, consideró que la medida implica “un avance en el trámite de revisar la domiciliaria a Manader”. 

Manader se encuentra procesado en la Causa Caballero II  por secuestros, desapariciones, y violación de detenidos políticos, y ya fue condenado en un proceso anterior a 25 años de prisión por gravísimos crímenes de lesa humanidad. Se trata de uno de los jefes de la represión organizada en torno a la ex Brigada de Investigaciones de la Policía del Chaco durante el terrorismo de Estado, sindicado como uno de los torturadores más sanguinarios de la "patota de Investigaciones" por sobrevivientes del mencionado centro clandestino de detención.

El supuesto cuadro de  “hipertensión arterial, hipertrofia Prostática y trastornos cognitivos” por el cual el juez Iglesias le concedió el privilegio de la excarcelación y prisión domiciliaria no fue constatado por el Cuerpo Médico de la Corte Suprema de la Nación, que luego de realizar un examen a Manader  dictaminó que “se encuentra compensado, sin signos de patologías agudas en evolución, es portador de dislipemia, patología hipertensiva de grado leve y compensada con medicación” y que "La medida privatoria de su libertad en sí misma no debería afectar la evolución de su patología(…)”. El juez Iglesias fundamentó su resolución por una supuesta indicación del Servicio de Asistencia Médica de la U7, un cuerpo médico parte del Sistema Penitenciario Federal, formado por  integrantes de una fuerza policial, y que no puede equipararse la par del Cuerpo Médico de la Corte Suprema de la Nación, integrado por peritos oficiales. 

Organismos de DDHH cuestionan que el juez Iglesias, no haya tomado en cuenta la resolución de los médicos de la Corte Suprema, "Con el criterio adoptado, todos los internos que tuvieran algún tipo de dolencia y pudieran desembocar en un cuadro de crisis, deberían obtener el beneficio del arresto domiciliario y solo quedarían detenidos aquellos que tienen una salud impecable, esto es, debería ser vaciada la U7, y también la Alcaidía" señalaron. 

Cooperativa La Prensa

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