Derechos Humanos

Se viene el juicio a Luis Chas, por la Masacre de Margarita

Cuando se perpetraron los fusilamientos clandestinos que pasaron a la historia de la región como la Masacre de Margarita Belén, Alfredo Luis Chas era comisario principal de la Policía y también estuvo en el móvil policial que abrió camino al “convoy de la muerte”. Entre 2010 y 2011, fue juzgado junto con ocho militares, si bien fue el único que atravesó el proceso excarcelado. También fue el único que eludió la condena a prisión perpetua. Esta cuestión fue apelada por el Ministerio Publico Fiscal y también por las querellas intervinientes en el juicio.

La insistencia por el juicio y castigo dio sus frutos a principios de marzo de 2016 y, en marzo de 2016, la Sala IV de la Cámara Federal de Casación Penal anuló la absolución y ordenó al Tribunal Oral de Resistencia que se dicte un nuevo pronunciamiento sobre la responsabilidad del excomisario en la Masacre. Por ello, se organizó un nuevo Tribunal, conformado en este caso por Juan Manuel Iglesias, Lucrecia Rojas de Badaró y María Delfina Denogens. El llamado a audiencia se fijó para el 27 de junio a las 9.30.

Los Fiscales, en su apelación, habían planteado centralmente que el Tribunal obvió en la sentencia el análisis de indicios que necesariamente implicaban que Chas había adecuado su conducta al plan pergeñado; “realizando un aporte con la actividad de corte de la ruta, para que pueda desarrollarse la Masacre”. Por su parte, los jueces de Casación consideraron que “…se tuvo por acreditado la clandestinidad en la que se desarrolló el ‘traslado’ evidenciada en su modalidad y su ejecución en horarios de la madrugada, las particularidades circunstancias en que fueron sustraídas las víctimas del establecimiento penitenciario luego de ser sometidos a tormentos (…)”. Y concluyeron: “Se evidencian inconsistencias en el razonamiento desarrollado en la sentencia, en cuanto a la descripción del plan pergeñado en torno a los acontecimientos ocurridos en Margarita Belén y el rol que les cupo a cada uno de los imputados, pero posteriormente excluye únicamente a Chas de aquella tesis”.

TERCER JUICIO

En la Audiencia preliminar, deberán acordar las partes con el Tribunal, como deberá desarrollarse el nuevo debate oral por la Masacre de Margarita Belén para determinar la responsabilidad del excomisario principal, Alfredo Chas.

Una de las opciones seria la incorporación de todos los registros fílmicos de las audiencias del juicio original, evitándose así la vuelta a declarar de decenas de testigos, debiendo producirse si la lectura de una síntesis de los requerimientos de elevación a juicio de la Fiscalía y la Querella, como la posibilidad del acusado de ejercer su derecho de Defensa y, finalmente, los alegatos, replicas y duplicas de la acusación y de la defensa.

Todo ello en función de la “Acordada 1/12” del Plenario de las Cámaras de Casación, donde se fijarán distintas reglas para el desarrollo de los juicios de Lesa Humanidad, dada su complejidad. Así, Casación estableció que: “El Ministerio Público Fiscal y la parte querellante podrán presentar una síntesis del requerimiento de elevación a juicio para su lectura en la oportunidad establecida en el artículo 374 del Código Procesal Penal de la Nación. En tal caso, el Tribuna adoptará las medidas dirigidas a que los imputados cuenten previamente con fotocopia íntegra de los respectivos requerimientos acusatorios”.

El 13 de diciembre de 1976, a unos 30 kilómetros de Resistencia, camino a Formosa, en cercanías de Margarita Belén, fueron ejecutadas un mínimo de 20 personas, detenidos y detenidas por razones políticas, al filo de la muerte por la tortura a la que el grupo fue sometido durante la noche y madrugada del 12 de diciembre en el comedor de la Alcaidía.

El operativo fue organizado por el Ejército argentino y la Policía de Chaco. Distintos documentos oficiales de la dictadura prueban el alto grado de planificación que tuvo la Masacre.

“UN LUMINOSO DÍA DE JUSTICIA”

El 16 de mayo de 2011, fueron condenados a prisión perpetua los coroneles retirados Gustavo Renné Athos, Horacio Losito, Jorge Daniel Carnero Sabol y Ricardo Guillermo Reyes; los tenientes coroneles retirados Aldo Martínez Segón y Germán Emilio Riquelme; el mayor retirado Ernesto Jorge Simoni; el teniente primero retirado Luis Alberto Patetta -todos del Ejército argentino-, por ser considerados autores materiales de 11 homicidios calificados por la alevosía y el número de partícipes y cuatro casos de desaparición forzada de personas.

Por su parte, el 26 de abril del año 2013, el prófugo capturado que cumplía la función de capitán de Inteligencia del Ejército, Nolberto Tozzo, fue condenado a 24 años de prisión por las cuatro desapariciones forzadas, al no poder ser juzgado por los homicidios por limites en el tratado de extradición con Brasil .

 

 

 

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