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	<title>Edictos y Convocatorias archivos - El Diario de la Región</title>
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		<title>EXPTE. N° 5900/2024-1-C</title>
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					<description><![CDATA[<p>EDICTOLa Dra. Alejandra Edith Marcón, Juez a cargo del Juzgado Civil y Comercial de la Quinta Nominación de esta ciudad, sito en Av. Paraguay N° 449, 1° Piso, de esta ciudad, en los autos caratulados: «JARA, EUDES LUIS S/ SUCESIÓN AB-INTESTATO», Expte. N° 5900/2024-1-C, cita y emplaza a herederos, acreedores y todos los que se &#8230;</p>
<p>La entrada <a href="https://www.eldiariodelaregion.com.ar/articulo/expte-n-5900-2024-1-c/">EXPTE. N° 5900/2024-1-C</a> se publicó primero en <a href="https://www.eldiariodelaregion.com.ar">El Diario de la Región</a>.</p>
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<p class="wp-block-paragraph">EDICTO<br>La Dra. Alejandra Edith Marcón, Juez a cargo del Juzgado Civil y Comercial de la Quinta Nominación de esta ciudad, sito en Av. Paraguay N° 449, 1° Piso, de esta ciudad, en los autos caratulados: «JARA, EUDES LUIS S/ SUCESIÓN AB-INTESTATO», Expte. N° 5900/2024-1-C, cita y emplaza a herederos, acreedores y todos los que se crean con derecho a los bienes dejados por LUIS EUDES, JARA, M.I. N° 7.447.320, para que dentro de treinta (30) días, que se contarán a partir de la última publicación, deduzcan las acciones que por derecho correspondan o comparezcan al juicio a hacer valer sus derechos. El presente se<br>publicará por un (1) día en el Boletín Oficial y un diario local.<br>Resistencia, 02 de Septiembre de 2026.-<br>Maira Diamela Flores Secretaria<br>Juzg. Civ. y Com de la Quinta Nom.<br>El presente documento fue firmado electrónicamente por:<br>Firmante:FLORES MAIRA DIAMELA, DNI: 33072288, SECRETARIO/A PRIMERA INSTANCIA<br>Fecha Firma:02/09/2026<br>FECHA PUBLICACION: 02/09/2026 00:37<br>EMITIDO EN: JUZGADO CIVIL Y COMERCIAL No 05-RESISTENCIA<br>CVE: JURE-5319a94<br>ENLACE VALIDACION: https://validaciones justiciachaco.gov.ar</p>



<p class="wp-block-paragraph">Vto. 3/09</p>



<p class="wp-block-paragraph"><a href="https://www.eldiariodelaregion.com.ar/wp-content/uploads/2026/09/03-PAGINA.pdf">https://www.eldiariodelaregion.com.ar/wp-content/uploads/2026/09/03-PAGINA.pdf</a></p>



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		<title>EXPTE. N°1169/25</title>
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					<description><![CDATA[<p>EDICTOEl Dr. MARCELO DARIO GAUNA- Juez -Juzgado de Procesos Ejecutivos Concursos y Quiebras Secretaría Única, sito en 25 de Mayo N° 338, Piso 5°, Pcia. Roque Sáenz Peña, Chaco, notifica por edicto «CREDIAR S.A. C/ RETAMOZO, GABRIELA DAIANA S/ EJECUTIVO» EXPTE. N° 1169/25 lo siguiente: //////sidencia R. Sáenz Peña, 13/02/2026. AUTOS Y VISTOS: Atento a &#8230;</p>
<p>La entrada <a href="https://www.eldiariodelaregion.com.ar/articulo/expte-n1169-25-3/">EXPTE. N°1169/25</a> se publicó primero en <a href="https://www.eldiariodelaregion.com.ar">El Diario de la Región</a>.</p>
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<p class="wp-block-paragraph">EDICTO<br>El Dr. MARCELO DARIO GAUNA- Juez -Juzgado de Procesos Ejecutivos Concursos y Quiebras Secretaría Única, sito en 25 de Mayo N° 338, Piso 5°, Pcia. Roque Sáenz Peña, Chaco, notifica por edicto «CREDIAR S.A. C/ RETAMOZO, GABRIELA DAIANA S/ EJECUTIVO» EXPTE. N° 1169/25 lo siguiente: //////sidencia R. Sáenz Peña, 13/02/2026. AUTOS Y VISTOS: Atento a lo solicitado y de conformidad al Art. 163° del C.P.C.C., CÍTESE a la Sra. RETAMOZO, GABRIELA DAIANA DNI Nº 36892196 por edictos que se publicarán por TRES (3) veces en el Boletín Oficial y en un diario local, emplazándolo para que dentro de cinco (5) días, invoque y pruebe cuanto estime conveniente a su derecho, bajo apercibimiento de designarse al Defensor de Ausentes para que la represente.- NOT. EI presente documento fue firmado electrónicamente por: GAUNA MARCELO DARIO, DNI: 23949656, JUEZ/A 1RA. INSTANCIA.-.-///Pcia. R. Sáenz Peña, 20 de agosto del 2025. AUTOS Y VISTOS: CONSIDERANDO: RESUELVO: I) LLEVAR ADELANTE LA EJECUCIÓN contra RETAMOZO, GABRIELA DAIANA, condenándola/lo a pagar a la accionante la suma de PESOS dos millones seiscientos veintiséis mil cuatrocientos treinta y un con noventa y un centavos ($ 2.626.431,91), en concepto de capital, con más los intereses a calcular de conformidad a lo dispuesto en los considerandos, y las costas, presupuestándose a esos efectos provisoriamente la suma de PESOS novecientos sesenta y seis mil quinientos veintiséis ($966.526,00), sujeta a liquidación definitiva. II) HACER SABER A LA/EL EJECUTADA/O que dentro del plazo de CINCO (5) días, podrá cumplir voluntariamente con lo ordenado en el pto. I) de la presente, u OPONERSE a este despacho deduciendo las excepciones previstas en el art. 543 del Código Procesal Civil y Comercial, bajo apercibimiento de lo dispuesto en el párrafo 3º del art. 541 del mismo cuerpo legal. Asimismo, INTIMASELA/O a que en igual plazo constituya domicilio legal, bajo apercibimiento de tenerlo por constituído en los Estrados del Juzgado en los términos del art. 56 del C.P.C.C.CH. III) IMPONER las costas a la/el ejecutada/o (art. 538 C.P.C.C.CH). IV) REGULAR los honorarios de la/el Dra/Dr. GUILLERMO MAXIMILIANO GARDEY, como letrada/o patrocinante de la parte actora, en la suma de PESOS trescientos treinta y seis mil ciento ochenta y tres ($336.183,00) y, como apoderada/o de la misma parte, la suma de PESOS ciento treinta y cuatro mil cuatrocientos setenta y tres ($ 134.473,00), con más IVA (21%) si correspondiere, todo conforme las pautas de los arts. 3, 5, 6, 15 y conc. de la ley 288-C. Notifíquese a Caja Forense y cúmplase con los aportes de ley. V) NOTIFICAR la presente a la parte demandada en la forma dispuesta por el Art. 530 del C.P.C.C. con copias de la demanda y documental acompañada y con las formalidades establecidas en el art. 341 del C.P.C.C. con transcripción de los mencionados artículos. VI) REGÍSTRESE Y PROTOCOLÍCESE. EI presente documento fue firmado electrónicamente por: GAUNA MARCELO DARIO, DNI: 23949656, JUEZ 1RA. INSTANCIA. 19 de marzo de 2026. Dra. Ana Elena Pérez Secretaria Provisoria Juzgado de Procesos Ejecutivos Concursos y Quiebras. </p>



<p class="wp-block-paragraph">Vto. 1/09</p>



<p class="wp-block-paragraph"><a href="https://www.eldiariodelaregion.com.ar/wp-content/uploads/2026/09/05-PAGINA-1-09.pdf">https://www.eldiariodelaregion.com.ar/wp-content/uploads/2026/09/05-PAGINA-1-09.pdf</a><br></p>
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		<title>EXPTE. N° 10578/26</title>
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					<description><![CDATA[<p>EDICTOLa Dra. MARÍA SOLEDAD SERRANO, Juez Suplente Civil y Comercial N° 6, Secretaría autorizante, sito en Av. Paraguay N° 449, P.B, de la ciudad de Resistencia, Chaco, en los autos caratulados: “GONZÁLEZ ANDRIANI, ANGEL ATILIO s/ SUCESIÓN AB-INTESTATO”, Expte. N° 10578/26, que tramitan por ante este Juzgado, CITA por UN (1) DÍA en el Boletín &#8230;</p>
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<p class="wp-block-paragraph"><br>EDICTO<br>La Dra. MARÍA SOLEDAD SERRANO, Juez Suplente Civil y Comercial N° 6, Secretaría autorizante, sito en Av. Paraguay N° 449, P.B, de la ciudad de Resistencia, Chaco, en los autos caratulados: “GONZÁLEZ ANDRIANI, ANGEL ATILIO s/ SUCESIÓN AB-INTESTATO”, Expte. N° 10578/26, que tramitan por ante este Juzgado, CITA por UN (1) DÍA en el Boletín Oficial y en un diario local y EMPLAZA por TREINTA (30) DÍAS, contados a partir de la última publicación, a herederos y acreedores que se crean con derecho a la sucesión de GONZÁLEZ ANDRIANI ANGEL ATILIO, D.N.I. Nº 5.080.404, fallecido en Puerto Vilelas, Chaco, el 3 de Junio de 2026, para que comparezcan, por sí o apoderado, para deducir las acciones que por derecho correspondan. Resistencia, 26 de Agosto de 2026. Madzarevich Lorena Elisa Abogada &#8211; Secretaria<br>Juzgado en lo Civil y Comercial N° 6.<br></p>



<p class="wp-block-paragraph">Vto. 1/09</p>



<p class="wp-block-paragraph"><a href="https://www.eldiariodelaregion.com.ar/wp-content/uploads/2026/09/04-PAGINA.pdf">https://www.eldiariodelaregion.com.ar/wp-content/uploads/2026/09/04-PAGINA.pdf</a></p>
<p>La entrada <a href="https://www.eldiariodelaregion.com.ar/articulo/expte-n-10578-26/">EXPTE. N° 10578/26</a> se publicó primero en <a href="https://www.eldiariodelaregion.com.ar">El Diario de la Región</a>.</p>
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		<title>EXPTE. N°1175/25</title>
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					<description><![CDATA[<p>EDICTOEl Dr. MARCELO DARIO GAUNA- Juez -Juzgado de Procesos Ejecutivos Concursos y Quiebras Secretaría Única, sito en 25 de Mayo N° 338, Piso 5º, Pcia. Roque Sáenz Peña, Chaco, notifica por edicto «CREDIAR S.A. C/ GOMEZ, SERGIO RAMON S/ EJECUTIVO» EXPTE. N° 1175/25 lo siguiente: ///sidencia R. Sáenz Peña, 19/02/2026. AUTOS Y VISTOS: Atento a &#8230;</p>
<p>La entrada <a href="https://www.eldiariodelaregion.com.ar/articulo/expte-n1175-25-3/">EXPTE. N°1175/25</a> se publicó primero en <a href="https://www.eldiariodelaregion.com.ar">El Diario de la Región</a>.</p>
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										<content:encoded><![CDATA[
<p class="wp-block-paragraph">EDICTO<br>El Dr. MARCELO DARIO GAUNA- Juez -Juzgado de Procesos Ejecutivos Concursos y Quiebras Secretaría Única, sito en 25 de Mayo N° 338, Piso 5º, Pcia. Roque Sáenz Peña, Chaco, notifica por edicto «CREDIAR S.A. C/ GOMEZ, SERGIO RAMON S/ EJECUTIVO» EXPTE. N° 1175/25 lo siguiente: ///sidencia R. Sáenz Peña, 19/02/2026. AUTOS Y VISTOS: Atento a lo solicitado y de conformidad al Art. 163° del C.P.C.C., CÍTESE a GOMEZ SERGIO RAMON DNI N° 44.087.569 por edictos que se publicarán por TRES (3) veces en el Boletín Oficial y en un diario local, emplazándolo para que dentro de cinco (5) días, invoque y pruebe cuanto estime conveniente a su derecho, bajo apercibimiento de designarse al Defensor de Ausentes para que la represente.- NOT. El presente documento fue firmado electrónicamente por: GAUNA MARCELO DARIO, DNI: 23949656. JUEZ/A 1RA. INSTANCIA.- ///Pcia. R. Sáenz Peña, 19 de agosto del 2025. AUTOS Y VISTOS: CONSIDERANDO: RESUELVO: I LLEVAR ADELANTE LA EJECUCIÓN contra GOMEZ, SERGIO RAMON, condenándola/lo a pagar a la accionante la suma de PESOS un millón cuatrocientos catorce mil doscientos veintiocho con veinticinco centavos ($1.414.228.25), en concepto de capital, con más los intereses a calcular de conformidad a lo dispuesto en los considerandos y las costas, presupuestándose a esos efectos provisoriamente la suma de PESOS quinientos sesenta y cinco mil seiscientos noventa y uno ($565.691.00), sujeta a liquidación definitiva. II) HACER SABER A LA/EL EJECUTADA/O que dentro del plazo de CINCO (5) días, podrá cumplir voluntariamente con lo ordenado en el pto. I) de la presente, u OPONERSE a este despacho deduciendo las excepciones previstas en el art. 543 del Código Procesal Civil y Comercial, bajo apercibimiento de lo dispuesto en el párrafo 3° del art. 541 del mismo cuerpo legal. Asimismo, INTIMÁSELA/O a que en igual plazo constituya domicilio legal, bajo apercibimiento de tenerlo por constituído en los Estrados del Juzgado en los términos del art. 56 del C.P.C.C.CH. III) IMPONER las costas a la/el ejecutada/o (art. 538 del CPCCCH). IV) REGULAR los honorarios de la/el Dra/Dr. GUILLERMO MAXIMILIANO GARDEY, como letrada/o patrocinante de la parte actora, en la suma de PESOS doscientos cincuenta y siete mil seiscientos ($257.600,00) y, como apoderada/o de la misma parte, la suma de PESOS ciento tres mil cuarenta ($103.040,00), con más IVA (21%) si correspondiere, todo conforme las pautas de los arts. 3, 5, 6, 15 y conc. de la ley 288-C. Notifíquese a Caja Forense y cúmplase con los aportes de ley. V) NOTIFICAR la presente a la parte demandada en la forma dispuesta por el Art. 530 del C.P.C.C. con copias de la demanda y documental acompañada y con las formalidades establecidas en el art. 341 del C.P.C.C. con transcripción de los mencionados artículos. VI) REGÍSTRESE Y PROTOCOLÍCESE. El presente documento fue firmado electrónicamente por: GAUNA, MARCELO DARIO, DNI: 23949656, JUEZ 1RA. INSTANCIA. -18 MAR 2026. Dra. Ana Elena Pérez Secretaria Provisoria Juzgado de Procesos Ejecutivos, Concursos y Quiebras. </p>



<p class="wp-block-paragraph">Vto. 1/09 </p>



<p class="wp-block-paragraph"><a href="https://www.eldiariodelaregion.com.ar/wp-content/uploads/2026/09/05-PAGINA-1-09.pdf">https://www.eldiariodelaregion.com.ar/wp-content/uploads/2026/09/05-PAGINA-1-09.pdf</a><br></p>
<p>La entrada <a href="https://www.eldiariodelaregion.com.ar/articulo/expte-n1175-25-3/">EXPTE. N°1175/25</a> se publicó primero en <a href="https://www.eldiariodelaregion.com.ar">El Diario de la Región</a>.</p>
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		<title>EXPTE. N°337/25</title>
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		<pubDate>Tue, 01 Sep 2026 03:00:00 +0000</pubDate>
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					<description><![CDATA[<p>EDICTO El Dr. MARCELO DARIO GAUNA Juez-Juzgado de Procesos Ejecutivos, Concursos y Quiebras &#8211; Secretaría Única, sito en 25 de Mayo N° 338. Piso 5°, Pcia. Roque Sáenz Peña, Chaco, notifica por edicto «CETROGAR S.A. C/ GOMEZ YESICA SAMANTA S/ EJECUTIVO» EXPTE. N° 337/25 lo siguiente: ///sidencia R. Sáenz Peña, 19/02/2026. AUTOS Y VISTOS: Atento a &#8230;</p>
<p>La entrada <a href="https://www.eldiariodelaregion.com.ar/articulo/expte-n337-25-3/">EXPTE. N°337/25</a> se publicó primero en <a href="https://www.eldiariodelaregion.com.ar">El Diario de la Región</a>.</p>
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<p class="wp-block-paragraph">EDICTO<br> El Dr. MARCELO DARIO GAUNA Juez-Juzgado de Procesos Ejecutivos, Concursos y Quiebras &#8211; Secretaría Única, sito en 25 de Mayo N° 338. Piso 5°, Pcia. Roque Sáenz Peña, Chaco, notifica por edicto «CETROGAR S.A. C/ GOMEZ YESICA SAMANTA S/ EJECUTIVO» EXPTE. N° 337/25 lo siguiente: ///sidencia R. Sáenz Peña, 19/02/2026. AUTOS Y VISTOS: Atento a lo solicitado y de conformidad al Art. 163° del C.P.C.C.. CÍTESE a GOMEZ, YESICA SAMANTA DNI Nº 35.304.854 por edictos que se publicarán por TRES (3) veces en el Boletín Oficial y en un diario local, emplazándolo para que dentro de cinco (5) días, invoque y pruebe cuanto estime conveniente a su derecho, bajo apercibimiento de designarse al Defensor de Ausentes para que la represente.- NOT. El presente documento fue firmado electrónicamente por: GAUNA MARCELO DARIO, DNI: 23949656, JUEZ/A 1RA. INSTANCIA.- ///Pcia. R. Sáenz Peña, 22 de abril del 2025. AUTOS Y VISTOS: CONSIDERANDO: RESUELVO: I) LLEVAR ADELANTE LA EJECUCIÓN contra GOMEZ, YESICA SAMANTA, condenándola/lo a pagar a la accionante la suma de PESOS DOS MILLONES TRESCIENTOS VEINTINUEVE MIL QUINIENTOS CUARENTA Y OCHO CON CUARENTA Y NUEVE CENTAVOS ($2.329.548,49), en concepto de capital, con más los intereses a calcular de conformidad a lo dispuesto en los considerandos, y las costas, presupuestándose a esos efectos provisoriamente la suma de PESOS quinientos setenta y siete mil setecientos veintiocho ($577.728.00), sujeta a liquidación definitiva. II) HACER SABER A LA/EL EJECUTADA/O que dentro del plazo de CINCO (5) días, podrá cumplir voluntariamente con lo ordenado en el pto. I) de la presente, u OPONERSE a éste despacho deduciendo las excepciones previstas en el art. 543 del Código Procesal Civil y Comercial, bajo apercibimiento de lo dispuesto en el párrafo 3º del art. 541 del mismo cuerpo legal. Asimismo, INTIMÁSELA/O a que en igual plazo constituya domicilio legal, bajo apercibimiento de tenerlo por constituido en los Estrados del Juzgado en los términos del art. 56 del C.P.C.C.CH. III) IMPONER las costas a la/el ejecutada/o (art. 538 del CPCCCH). IV) REGULAR los honorarios de la/el Dra./Dr. GUILLERMO MAXIMILIANO GARDEY, como letrada/o patrocinante de la parte actora, en la suma de PESOS doscientos noventa y ocho mil ciento ochenta y dos ($298.182.00) y, como apoderada/o de la misma parte, la suma de PESOS ciento diecinueve mil doscientos setenta y dos ($119.272.00), con más IVA (21%) si correspondiere, todo conforme las pautas de los arts. 3. 5. 6. 15 y conc. de la ley 288-C. Notifíquese a Caja Forense y cúmplase con los aportes de ley. V) NOTIFICAR la presente a la parte demandada en la forma dispuesta por el Art. 530 del C.P.C.C. con copias de la demanda y documental acompañada y con las formalidades establecidas en el art. 341 del C.P.C.C. con transcripción de los mencionados artículos. VI) REGÍSTRESE Y PROTOCOLÍCESE. El presente documento fue firmado electrónicamente por: GAUNA MARCELO DARIO, DNI: 23949656. JUEZ 1RA. INSTANCIA. 12 MAR 2026. Dra. Ana Elena Pérez-Secretaria Provisoria Juzgado de Procesos Ejecutivos Concursos y Quiebras. </p>



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<p class="wp-block-paragraph"><a href="https://www.eldiariodelaregion.com.ar/wp-content/uploads/2026/09/05-PAGINA-1-09.pdf">https://www.eldiariodelaregion.com.ar/wp-content/uploads/2026/09/05-PAGINA-1-09.pdf</a><br></p>
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		<title>EXPTE. N°1836/24</title>
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					<description><![CDATA[<p>EDICTO El Dr. MARCELO DARIO GAUNA- Juez -Juzgado de Procesos Ejecutivos Concursos y Quiebras -Secretaría Única, sito en 25 de Mayo N° 338, Piso 5°, Pcia. Roque Sáenz Peña, Chaco, notifica por edicto «CREDIAR S.A. C/ CABRERA DEJESUS S/ EJECUTIVO» EXPTE. N° 1836/24 lo siguiente: ///sidencia R. Sáenz Peña, 01/10/2025. AUTOS Y VISTOS: Atento a &#8230;</p>
<p>La entrada <a href="https://www.eldiariodelaregion.com.ar/articulo/expte-n1836-24-3/">EXPTE. N°1836/24</a> se publicó primero en <a href="https://www.eldiariodelaregion.com.ar">El Diario de la Región</a>.</p>
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<p class="wp-block-paragraph">EDICTO</p>



<p class="wp-block-paragraph">El Dr. MARCELO DARIO GAUNA- Juez -Juzgado de Procesos Ejecutivos Concursos y Quiebras -Secretaría Única, sito en 25 de Mayo N° 338, Piso 5°, Pcia. Roque Sáenz Peña, Chaco, notifica por edicto «CREDIAR S.A. C/ CABRERA DEJESUS S/ EJECUTIVO» EXPTE. N° 1836/24 lo siguiente: ///sidencia R. Sáenz Peña, 01/10/2025. AUTOS Y VISTOS: Atento a lo solicitado y de conformidad al Art. 163° del C.P.C.C., CÍTESE a DEJESUS CABRERA, D.N.I. N° 20.390.560 por edictos que se publicarán por TRES (3) veces en el Boletín Oficial y un diario local, emplazándolo para que dentro de cinco (5) días, invoque y pruebe cuanto estime conveniente a su derecho, bajo apercibimiento de designarse al Defensor de Ausentes para que la represente.- NOT. El presente documento fue firmado electrónicamente por: GAUNA MARCELO DARIO, DNI: 23949656, JUEZ 1RA. INSTANCIA.-. ///Pcia. R. Sáenz Peña, 13 de noviembre del 2024. AUTOS Y VISTOS: CONSIDERANDO: RESUELVO: I) LLEVAR ADELANTE LA EJECUCIÓN contra CABRERA, DEJESUS, condenándola/lo a pagar a la accionante la suma de PESOS ochocientos ochenta y un mil seiscientos veintiocho con setenta y ocho centavos ($881.628,78), en concepto de capital, con más los intereses a calcular de conformidad a lo dispuesto en los considerandos, y las costas, presupuestándose a esos efectos provisoriamente la suma de PESOS quinientos noventa y dos mil cuatrocientos cincuenta y cuatro ($ 592.454,00), sujeta a liquidación definitiva. II) HACER SABER A LA/EL EJECUTADA/O que dentro del plazo de CINCO (5) días, podrá cumplir voluntariamente con lo ordenado en el pto. I) de la presente, u OPONERSE a este despacho deduciendo las excepciones previstas en el art. 543 del Código Procesal Civil y Comercial, bajo apercibimiento de lo dispuesto en el párrafo 3° del art. 541 del mismo cuerpo legal. Asimismo, INTIMÁSELA/O a que en igual plazo constituya domicilio legal, bajo apercibimiento de tenerlo por constituído en los Estrados del Juzgado en los términos del art. 56 del C.P.C.C.CH. III) IMPONER las costas a la/el ejecutada/o (art. 538 C.P.C.C.CH.). IV) REGULAR los honorarios de la/el Dra./Dr. GUILLERMO MAXIMILIANO GARDEY, como letrada/o patrocinante de la parte actora, en la suma de PESOS doscientos diecisiete mil doscientos cincuenta y siete ($217.257.00) y, como apoderada/o de la misma parte, la suma de PESOS ochenta y seis mil novecientos tres ($86.903,00), con más IVA (21%) si correspondiere, todo conforme las pautas de los arts. 3, 5, 6, 15 y conc. de la ley 288-C. Notifíquese a Caja Forense y cúmplase con los aportes de ley. V) NOTIFICAR la presente a la parte demandada en la forma dispuesta por el Art. 530 del C.P.C.C. con copias de la demanda y documental acompañada y con las formalidades establecidas en el art. 341 del C.P.C.C. con transcripción de los mencionados artículos. VI) REGÍSTRESE Y PROTOCOLÍCESE. EI presente documento fue firmado electrónicamente por: GAUNA MARCELO DARIO, DNI: 23949656, JUEZ 1RA. INSTANCIA.- Sáenz Peña, 13 de abril de 2026. Dra. Ana Elena Pérez Secretaria Provisoria Juzgado de Procesos Ejecutivos, Concursos y Quiebras. </p>



<p class="wp-block-paragraph">Vto. 1/09</p>



<p class="wp-block-paragraph"><br><a href="https://www.eldiariodelaregion.com.ar/wp-content/uploads/2026/09/05-PAGINA-1-09.pdf">https://www.eldiariodelaregion.com.ar/wp-content/uploads/2026/09/05-PAGINA-1-09.pdf</a></p>
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					<description><![CDATA[<p>EDICTOEl Dr. MARCELO DARIO GAUNA- Juez -Juzgado de Procesos Ejecutivos Concursos y Quiebras Secretaría Única, sito en 25 de Mayo N° 338, Piso 5°, Pcia. Roque Sáenz Peña, Chaco, notifica por edicto «CREDIAR S.A. C/ RETAMOZO, GABRIELA DAIANA S/ EJECUTIVO» EXPTE. N° 1169/25 lo siguiente: //////sidencia R. Sáenz Peña, 13/02/2026. AUTOS Y VISTOS: Atento a &#8230;</p>
<p>La entrada <a href="https://www.eldiariodelaregion.com.ar/articulo/expte-n1169-25-2/">EXPTE. N°1169/25</a> se publicó primero en <a href="https://www.eldiariodelaregion.com.ar">El Diario de la Región</a>.</p>
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<p class="wp-block-paragraph">EDICTO<br>El Dr. MARCELO DARIO GAUNA- Juez -Juzgado de Procesos Ejecutivos Concursos y Quiebras Secretaría Única, sito en 25 de Mayo N° 338, Piso 5°, Pcia. Roque Sáenz Peña, Chaco, notifica por edicto «CREDIAR S.A. C/ RETAMOZO, GABRIELA DAIANA S/ EJECUTIVO» EXPTE. N° 1169/25 lo siguiente: //////sidencia R. Sáenz Peña, 13/02/2026. AUTOS Y VISTOS: Atento a lo solicitado y de conformidad al Art. 163° del C.P.C.C., CÍTESE a la Sra. RETAMOZO, GABRIELA DAIANA DNI Nº 36892196 por edictos que se publicarán por TRES (3) veces en el Boletín Oficial y en un diario local, emplazándolo para que dentro de cinco (5) días, invoque y pruebe cuanto estime conveniente a su derecho, bajo apercibimiento de designarse al Defensor de Ausentes para que la represente.- NOT. EI presente documento fue firmado electrónicamente por: GAUNA MARCELO DARIO, DNI: 23949656, JUEZ/A 1RA. INSTANCIA.-.-///Pcia. R. Sáenz Peña, 20 de agosto del 2025. AUTOS Y VISTOS: CONSIDERANDO: RESUELVO: I) LLEVAR ADELANTE LA EJECUCIÓN contra RETAMOZO, GABRIELA DAIANA, condenándola/lo a pagar a la accionante la suma de PESOS dos millones seiscientos veintiséis mil cuatrocientos treinta y un con noventa y un centavos ($ 2.626.431,91), en concepto de capital, con más los intereses a calcular de conformidad a lo dispuesto en los considerandos, y las costas, presupuestándose a esos efectos provisoriamente la suma de PESOS novecientos sesenta y seis mil quinientos veintiséis ($966.526,00), sujeta a liquidación definitiva. II) HACER SABER A LA/EL EJECUTADA/O que dentro del plazo de CINCO (5) días, podrá cumplir voluntariamente con lo ordenado en el pto. I) de la presente, u OPONERSE a este despacho deduciendo las excepciones previstas en el art. 543 del Código Procesal Civil y Comercial, bajo apercibimiento de lo dispuesto en el párrafo 3º del art. 541 del mismo cuerpo legal. Asimismo, INTIMASELA/O a que en igual plazo constituya domicilio legal, bajo apercibimiento de tenerlo por constituído en los Estrados del Juzgado en los términos del art. 56 del C.P.C.C.CH. III) IMPONER las costas a la/el ejecutada/o (art. 538 C.P.C.C.CH). IV) REGULAR los honorarios de la/el Dra/Dr. GUILLERMO MAXIMILIANO GARDEY, como letrada/o patrocinante de la parte actora, en la suma de PESOS trescientos treinta y seis mil ciento ochenta y tres ($336.183,00) y, como apoderada/o de la misma parte, la suma de PESOS ciento treinta y cuatro mil cuatrocientos setenta y tres ($ 134.473,00), con más IVA (21%) si correspondiere, todo conforme las pautas de los arts. 3, 5, 6, 15 y conc. de la ley 288-C. Notifíquese a Caja Forense y cúmplase con los aportes de ley. V) NOTIFICAR la presente a la parte demandada en la forma dispuesta por el Art. 530 del C.P.C.C. con copias de la demanda y documental acompañada y con las formalidades establecidas en el art. 341 del C.P.C.C. con transcripción de los mencionados artículos. VI) REGÍSTRESE Y PROTOCOLÍCESE. EI presente documento fue firmado electrónicamente por: GAUNA MARCELO DARIO, DNI: 23949656, JUEZ 1RA. INSTANCIA. 19 de marzo de 2026. Dra. Ana Elena Pérez Secretaria Provisoria Juzgado de Procesos Ejecutivos Concursos y Quiebras. </p>



<p class="wp-block-paragraph">Vto. 1/09 </p>



<p class="wp-block-paragraph"><a href="https://www.eldiariodelaregion.com.ar/wp-content/uploads/2026/08/05-PAGINA-31-08.pdf">https://www.eldiariodelaregion.com.ar/wp-content/uploads/2026/08/05-PAGINA-31-08.pdf</a><br></p>
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					<description><![CDATA[<p>EDICTOEl Dr. MARCELO DARIO GAUNA- Juez -Juzgado de Procesos Ejecutivos Concursos y Quiebras Secretaría Única, sito en 25 de Mayo N° 338, Piso 5º, Pcia. Roque Sáenz Peña, Chaco, notifica por edicto «CREDIAR S.A. C/ GOMEZ, SERGIO RAMON S/ EJECUTIVO» EXPTE. N° 1175/25 lo siguiente: ///sidencia R. Sáenz Peña, 19/02/2026. AUTOS Y VISTOS: Atento a &#8230;</p>
<p>La entrada <a href="https://www.eldiariodelaregion.com.ar/articulo/expte-n1175-25-2/">EXPTE. N°1175/25</a> se publicó primero en <a href="https://www.eldiariodelaregion.com.ar">El Diario de la Región</a>.</p>
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<p class="wp-block-paragraph">EDICTO<br>El Dr. MARCELO DARIO GAUNA- Juez -Juzgado de Procesos Ejecutivos Concursos y Quiebras Secretaría Única, sito en 25 de Mayo N° 338, Piso 5º, Pcia. Roque Sáenz Peña, Chaco, notifica por edicto «CREDIAR S.A. C/ GOMEZ, SERGIO RAMON S/ EJECUTIVO» EXPTE. N° 1175/25 lo siguiente: ///sidencia R. Sáenz Peña, 19/02/2026. AUTOS Y VISTOS: Atento a lo solicitado y de conformidad al Art. 163° del C.P.C.C., CÍTESE a GOMEZ SERGIO RAMON DNI N° 44.087.569 por edictos que se publicarán por TRES (3) veces en el Boletín Oficial y en un diario local, emplazándolo para que dentro de cinco (5) días, invoque y pruebe cuanto estime conveniente a su derecho, bajo apercibimiento de designarse al Defensor de Ausentes para que la represente.- NOT. El presente documento fue firmado electrónicamente por: GAUNA MARCELO DARIO, DNI: 23949656. JUEZ/A 1RA. INSTANCIA.- ///Pcia. R. Sáenz Peña, 19 de agosto del 2025. AUTOS Y VISTOS: CONSIDERANDO: RESUELVO: I LLEVAR ADELANTE LA EJECUCIÓN contra GOMEZ, SERGIO RAMON, condenándola/lo a pagar a la accionante la suma de PESOS un millón cuatrocientos catorce mil doscientos veintiocho con veinticinco centavos ($1.414.228.25), en concepto de capital, con más los intereses a calcular de conformidad a lo dispuesto en los considerandos y las costas, presupuestándose a esos efectos provisoriamente la suma de PESOS quinientos sesenta y cinco mil seiscientos noventa y uno ($565.691.00), sujeta a liquidación definitiva. II) HACER SABER A LA/EL EJECUTADA/O que dentro del plazo de CINCO (5) días, podrá cumplir voluntariamente con lo ordenado en el pto. I) de la presente, u OPONERSE a este despacho deduciendo las excepciones previstas en el art. 543 del Código Procesal Civil y Comercial, bajo apercibimiento de lo dispuesto en el párrafo 3° del art. 541 del mismo cuerpo legal. Asimismo, INTIMÁSELA/O a que en igual plazo constituya domicilio legal, bajo apercibimiento de tenerlo por constituído en los Estrados del Juzgado en los términos del art. 56 del C.P.C.C.CH. III) IMPONER las costas a la/el ejecutada/o (art. 538 del CPCCCH). IV) REGULAR los honorarios de la/el Dra/Dr. GUILLERMO MAXIMILIANO GARDEY, como letrada/o patrocinante de la parte actora, en la suma de PESOS doscientos cincuenta y siete mil seiscientos ($257.600,00) y, como apoderada/o de la misma parte, la suma de PESOS ciento tres mil cuarenta ($103.040,00), con más IVA (21%) si correspondiere, todo conforme las pautas de los arts. 3, 5, 6, 15 y conc. de la ley 288-C. Notifíquese a Caja Forense y cúmplase con los aportes de ley. V) NOTIFICAR la presente a la parte demandada en la forma dispuesta por el Art. 530 del C.P.C.C. con copias de la demanda y documental acompañada y con las formalidades establecidas en el art. 341 del C.P.C.C. con transcripción de los mencionados artículos. VI) REGÍSTRESE Y PROTOCOLÍCESE. El presente documento fue firmado electrónicamente por: GAUNA, MARCELO DARIO, DNI: 23949656, JUEZ 1RA. INSTANCIA. -18 MAR 2026. Dra. Ana Elena Pérez Secretaria Provisoria Juzgado de Procesos Ejecutivos, Concursos y Quiebras. </p>



<p class="wp-block-paragraph">Vto. 1/09<br></p>



<p class="wp-block-paragraph"><a href="https://www.eldiariodelaregion.com.ar/wp-content/uploads/2026/08/05-PAGINA-31-08.pdf">https://www.eldiariodelaregion.com.ar/wp-content/uploads/2026/08/05-PAGINA-31-08.pdf</a></p>
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					<description><![CDATA[<p>EDICTOEl Dr. MARCELO DARIO GAUNA Juez-Juzgado de Procesos Ejecutivos, Concursos y Quiebras &#8211; Secretaría Única, sito en 25 de Mayo N° 338. Piso 5°, Pcia. Roque Sáenz Peña, Chaco, notifica por edicto «CETROGAR S.A. C/ GOMEZ YESICA SAMANTA S/ EJECUTIVO» EXPTE. N° 337/25 lo siguiente: ///sidencia R. Sáenz Peña, 19/02/2026. AUTOS Y VISTOS: Atento a &#8230;</p>
<p>La entrada <a href="https://www.eldiariodelaregion.com.ar/articulo/expte-n337-25-2/">EXPTE. N°337/25</a> se publicó primero en <a href="https://www.eldiariodelaregion.com.ar">El Diario de la Región</a>.</p>
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<p class="wp-block-paragraph">EDICTO<br>El Dr. MARCELO DARIO GAUNA Juez-Juzgado de Procesos Ejecutivos, Concursos y Quiebras &#8211; Secretaría Única, sito en 25 de Mayo N° 338. Piso 5°, Pcia. Roque Sáenz Peña, Chaco, notifica por edicto «CETROGAR S.A. C/ GOMEZ YESICA SAMANTA S/ EJECUTIVO» EXPTE. N° 337/25 lo siguiente: ///sidencia R. Sáenz Peña, 19/02/2026. AUTOS Y VISTOS: Atento a lo solicitado y de conformidad al Art. 163° del C.P.C.C.. CÍTESE a GOMEZ, YESICA SAMANTA DNI Nº 35.304.854 por edictos que se publicarán por TRES (3) veces en el Boletín Oficial y en un diario local, emplazándolo para que dentro de cinco (5) días, invoque y pruebe cuanto estime conveniente a su derecho, bajo apercibimiento de designarse al Defensor de Ausentes para que la represente.- NOT. El presente documento fue firmado electrónicamente por: GAUNA MARCELO DARIO, DNI: 23949656, JUEZ/A 1RA. INSTANCIA.- ///Pcia. R. Sáenz Peña, 22 de abril del 2025. AUTOS Y VISTOS: CONSIDERANDO: RESUELVO: I) LLEVAR ADELANTE LA EJECUCIÓN contra GOMEZ, YESICA SAMANTA, condenándola/lo a pagar a la accionante la suma de PESOS DOS MILLONES TRESCIENTOS VEINTINUEVE MIL QUINIENTOS CUARENTA Y OCHO CON CUARENTA Y NUEVE CENTAVOS ($2.329.548,49), en concepto de capital, con más los intereses a calcular de conformidad a lo dispuesto en los considerandos, y las costas, presupuestándose a esos efectos provisoriamente la suma de PESOS quinientos setenta y siete mil setecientos veintiocho ($577.728.00), sujeta a liquidación definitiva. II) HACER SABER A LA/EL EJECUTADA/O que dentro del plazo de CINCO (5) días, podrá cumplir voluntariamente con lo ordenado en el pto. I) de la presente, u OPONERSE a éste despacho deduciendo las excepciones previstas en el art. 543 del Código Procesal Civil y Comercial, bajo apercibimiento de lo dispuesto en el párrafo 3º del art. 541 del mismo cuerpo legal. Asimismo, INTIMÁSELA/O a que en igual plazo constituya domicilio legal, bajo apercibimiento de tenerlo por constituido en los Estrados del Juzgado en los términos del art. 56 del C.P.C.C.CH. III) IMPONER las costas a la/el ejecutada/o (art. 538 del CPCCCH). IV) REGULAR los honorarios de la/el Dra./Dr. GUILLERMO MAXIMILIANO GARDEY, como letrada/o patrocinante de la parte actora, en la suma de PESOS doscientos noventa y ocho mil ciento ochenta y dos ($298.182.00) y, como apoderada/o de la misma parte, la suma de PESOS ciento diecinueve mil doscientos setenta y dos ($119.272.00), con más IVA (21%) si correspondiere, todo conforme las pautas de los arts. 3. 5. 6. 15 y conc. de la ley 288-C. Notifíquese a Caja Forense y cúmplase con los aportes de ley. V) NOTIFICAR la presente a la parte demandada en la forma dispuesta por el Art. 530 del C.P.C.C. con copias de la demanda y documental acompañada y con las formalidades establecidas en el art. 341 del C.P.C.C. con transcripción de los mencionados artículos. VI) REGÍSTRESE Y PROTOCOLÍCESE. El presente documento fue firmado electrónicamente por: GAUNA MARCELO DARIO, DNI: 23949656. JUEZ 1RA. INSTANCIA. 12 MAR 2026. Dra. Ana Elena Pérez-Secretaria Provisoria Juzgado de Procesos Ejecutivos Concursos y Quiebras. </p>



<p class="wp-block-paragraph">Vto. 1/09<br></p>



<p class="wp-block-paragraph"><a href="https://www.eldiariodelaregion.com.ar/wp-content/uploads/2026/08/05-PAGINA-31-08.pdf">https://www.eldiariodelaregion.com.ar/wp-content/uploads/2026/08/05-PAGINA-31-08.pdf</a></p>
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		<title>EXPTE. N°1836/24</title>
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		<dc:creator><![CDATA[Cooperativa La Prensa]]></dc:creator>
		<pubDate>Mon, 31 Aug 2026 03:00:00 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Edictos y Convocatorias]]></category>
		<category><![CDATA[cabrera]]></category>
		<category><![CDATA[ejecutivo]]></category>
		<category><![CDATA[gardey]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>EDICTO El Dr. MARCELO DARIO GAUNA- Juez -Juzgado de Procesos Ejecutivos Concursos y Quiebras -Secretaría Única, sito en 25 de Mayo N° 338, Piso 5°, Pcia. Roque Sáenz Peña, Chaco, notifica por edicto «CREDIAR S.A. C/ CABRERA DEJESUS S/ EJECUTIVO» EXPTE. N° 1836/24 lo siguiente: ///sidencia R. Sáenz Peña, 01/10/2025. AUTOS Y VISTOS: Atento a &#8230;</p>
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<p class="wp-block-paragraph">EDICTO</p>



<p class="wp-block-paragraph">El Dr. MARCELO DARIO GAUNA- Juez -Juzgado de Procesos Ejecutivos Concursos y Quiebras -Secretaría Única, sito en 25 de Mayo N° 338, Piso 5°, Pcia. Roque Sáenz Peña, Chaco, notifica por edicto «CREDIAR S.A. C/ CABRERA DEJESUS S/ EJECUTIVO» EXPTE. N° 1836/24 lo siguiente: ///sidencia R. Sáenz Peña, 01/10/2025. AUTOS Y VISTOS: Atento a lo solicitado y de conformidad al Art. 163° del C.P.C.C., CÍTESE a DEJESUS CABRERA, D.N.I. N° 20.390.560 por edictos que se publicarán por TRES (3) veces en el Boletín Oficial y un diario local, emplazándolo para que dentro de cinco (5) días, invoque y pruebe cuanto estime conveniente a su derecho, bajo apercibimiento de designarse al Defensor de Ausentes para que la represente.- NOT. El presente documento fue firmado electrónicamente por: GAUNA MARCELO DARIO, DNI: 23949656, JUEZ 1RA. INSTANCIA.-. ///Pcia. R. Sáenz Peña, 13 de noviembre del 2024. AUTOS Y VISTOS: CONSIDERANDO: RESUELVO: I) LLEVAR ADELANTE LA EJECUCIÓN contra CABRERA, DEJESUS, condenándola/lo a pagar a la accionante la suma de PESOS ochocientos ochenta y un mil seiscientos veintiocho con setenta y ocho centavos ($881.628,78), en concepto de capital, con más los intereses a calcular de conformidad a lo dispuesto en los considerandos, y las costas, presupuestándose a esos efectos provisoriamente la suma de PESOS quinientos noventa y dos mil cuatrocientos cincuenta y cuatro ($ 592.454,00), sujeta a liquidación definitiva. II) HACER SABER A LA/EL EJECUTADA/O que dentro del plazo de CINCO (5) días, podrá cumplir voluntariamente con lo ordenado en el pto. I) de la presente, u OPONERSE a este despacho deduciendo las excepciones previstas en el art. 543 del Código Procesal Civil y Comercial, bajo apercibimiento de lo dispuesto en el párrafo 3° del art. 541 del mismo cuerpo legal. Asimismo, INTIMÁSELA/O a que en igual plazo constituya domicilio legal, bajo apercibimiento de tenerlo por constituído en los Estrados del Juzgado en los términos del art. 56 del C.P.C.C.CH. III) IMPONER las costas a la/el ejecutada/o (art. 538 C.P.C.C.CH.). IV) REGULAR los honorarios de la/el Dra./Dr. GUILLERMO MAXIMILIANO GARDEY, como letrada/o patrocinante de la parte actora, en la suma de PESOS doscientos diecisiete mil doscientos cincuenta y siete ($217.257.00) y, como apoderada/o de la misma parte, la suma de PESOS ochenta y seis mil novecientos tres ($86.903,00), con más IVA (21%) si correspondiere, todo conforme las pautas de los arts. 3, 5, 6, 15 y conc. de la ley 288-C. Notifíquese a Caja Forense y cúmplase con los aportes de ley. V) NOTIFICAR la presente a la parte demandada en la forma dispuesta por el Art. 530 del C.P.C.C. con copias de la demanda y documental acompañada y con las formalidades establecidas en el art. 341 del C.P.C.C. con transcripción de los mencionados artículos. VI) REGÍSTRESE Y PROTOCOLÍCESE. EI presente documento fue firmado electrónicamente por: GAUNA MARCELO DARIO, DNI: 23949656, JUEZ 1RA. INSTANCIA.- Sáenz Peña, 13 de abril de 2026. Dra. Ana Elena Pérez Secretaria Provisoria Juzgado de Procesos Ejecutivos, Concursos y Quiebras. </p>



<p class="wp-block-paragraph">Vto. 1/09 </p>



<p class="wp-block-paragraph"><br><a href="https://www.eldiariodelaregion.com.ar/wp-content/uploads/2026/08/05-PAGINA-31-08.pdf">https://www.eldiariodelaregion.com.ar/wp-content/uploads/2026/08/05-PAGINA-31-08.pdf</a></p>
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